Amianto en el metro: primera incapacidad permanente y demanda por daños y perjuicios


Una sentencia reconoce por primera vez a un trabajador del Metro de Barcelona la situación de incapacidad permanente por los daños derivados de la exposición al amianto. El afectado ha interpuesto una demanda en la que reclama 180.000 euros de indemnización por los daños y perjuicios

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El pasado mes de marzo, el Juzgado de lo Social número 4 de Barcelona dictó la primera sentencia que reconocía la situación de incapacidad permanente derivada de la asbestosis de origen profesional causada por «la exposición crónica al amianto» a un trabajador de Metro de Barcelona. Se trata de Rafael Rubio, quien durante más de 40 años prestó servicio en el suburbano barcelonés como mecánico-tornero en los talleres de la compañía en Vilapicina. Ahora, una vez establecido que la causa de la enfermedad que padece el ex trabajador del Metro es la presencia de amianto en las instalaciones del subterráneo, Rafael ha interpuesto una demanda de daños contra Ferrocarril Metropolità de Barcelona SA, reclamando 180.000 € en concepto de indemnización por los daños y perjuicios -económicos, físicos y morales- derivados de las patologías causadas por la inhalación de fibras de asbesto en el transcurso de las 4 décadas que prestó servicio a la compañía pública de transportes. Se trata de la primera demanda judicial que exige a Metro de Barcelona una "justa reparación" por los perjuicios provocados por la presencia de amianto en convoyes e instalaciones del subterráneo y "la falta absoluta de una actuación real y eficaz" para prevenir y proteger la salud de la plantilla.

Amianto detectado

A pesar de que una evaluación realizada en 1988 estableció con claridad la presencia de amianto en los talleres del suburbano en Vilapicina (BCN) y, con posterioridad, una evaluación higiénica del año 1990 detectó fibras de asbesto en los túneles y diferentes puntos de la trama del Metro provenientes principalmente del desgaste de las zapatas de freno de los convoyes y otros componentes de los trenes, no es hasta el año 2018 que Metro de Barcelona estableció «un plan de intervención para eliminar al amianto en estructuras” e intensificó la «vigilancia de la salud» de la plantilla.

Durante el tiempo que el trabajador prestó servicios, y según consta en la demanda interpuesta por Col·lectiu Ronda, la ausencia de medidas de seguridad y prevención frente a la exposición al amianto fue «absoluta». Una situación que está en el origen de la asbestosis sufrida por el ex-trabajador que ha terminado causando la situación de incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional.

"La falta de medidas de seguridad es evidente e indiscutible", afirma Àlex Tisminetzky, abogado que ha redactado la demanda de daños y que anteriormente representó a Rubio en el proceso de reclamación de reconocimiento de contingencia profesional. «Metro de Barcelona difícilmente podrá argumentar que hizo lo posible por evitar la exposición al amianto de sus trabajadores y trabajadoras teniendo en cuenta que tan sólo en tiempos muy recientes ha admitido la presencia de asbesto en los trenes y las instalaciones, pese a la evidencia y los distintos informes que lo confirmaban desde hace décadas», continúa el abogado. Para Tisminetzky, “es inconcebible tener constancia de la existencia de un peligro grave, cierto y conocido y no hacer absolutamente nada por prevenir el riesgo. Por el contrario, Metro de Barcelona ha negado reiteradamente este peligro y se ha enrocado en una postura insostenible como es negar la presencia de amianto». En este sentido, la demanda denuncia «el incumplimiento del deber de Seguridad inherente al empresario» y la continuada y sostenida vulneración en el tiempo «del derecho a la integridad física del trabajador ya una adecuada política de seguridad e higiene, así como al de una protección eficaz». Así, la demanda especifica que Metro de Barcelona incurrió en una "falta absoluta de actuaciones reales y eficaces" en materia de prevención de la exposición al amianto, incluyendo el incumplimiento de facilitar taquillas dobles y elementos individuales y colectivos de protección, ofrecer formación adecuada para minimizar el peligro y mantener un programa adecuado y suficiente de vigilancia de la salud "en concordancia con los riesgos existentes en el puesto de trabajo".

«Los incumplimientos denunciados son evidentes y flagrantes -prosigue el abogado- la normativa en materia de prevención en lo referente al amianto y ambientes pulvígenos ya proviene del Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo aprobado nada menos que en enero de 1940» . Tisminetzky está convencido de que «esta es sólo la primera demanda por daños y perjuicios que debe afrontar Metro de Barcelona, pero habrá más en los próximos meses y años, eso seguro. Existen pruebas evidentes de que la plantilla del Metro ha estado expuesta de forma mucho más amplia de lo que la dirección de la empresa admitió cuando limitaba la posible afectación al personal de mantenimiento y estamos seguros de que las cifras que señalan menos de 30 casos de personas afectadas y todas con enfermedad de poca gravedad son completamente irreales. También de Rafael dijo Metro de Barcelona en su momento que no estaba afectado por el amianto y ahora una sentencia lo confirma».

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El pasado mes de marzo, el Juzgado de lo Social número 4 de Barcelona dictó la primera sentencia que reconocía la situación de incapacidad permanente derivada de la asbestosis de origen profesional causada por «la exposición crónica al amianto» a un trabajador de Metro de Barcelona. Se trata de Rafael Rubio, quien durante más de 40 años prestó servicio en el suburbano barcelonés como mecánico-tornero en los talleres de la compañía en Vilapicina. Ahora, una vez establecido que la causa de la enfermedad que padece el ex trabajador del Metro es la presencia de amianto en las instalaciones del subterráneo, Rafael ha interpuesto una demanda de daños contra Ferrocarril Metropolità de Barcelona SA, reclamando 180.000 € en concepto de indemnización por los daños y perjuicios -económicos, físicos y morales- derivados de las patologías causadas por la inhalación de fibras de asbesto en el transcurso de las 4 décadas que prestó servicio a la compañía pública de transportes. Se trata de la primera demanda judicial que exige a Metro de Barcelona una "justa reparación" por los perjuicios provocados por la presencia de amianto en convoyes e instalaciones del subterráneo y "la falta absoluta de una actuación real y eficaz" para prevenir y proteger la salud de la plantilla.

Amianto detectado

A pesar de que una evaluación realizada en 1988 estableció con claridad la presencia de amianto en los talleres del suburbano en Vilapicina (BCN) y, con posterioridad, una evaluación higiénica del año 1990 detectó fibras de asbesto en los túneles y diferentes puntos de la trama del Metro provenientes principalmente del desgaste de las zapatas de freno de los convoyes y otros componentes de los trenes, no es hasta el año 2018 que Metro de Barcelona estableció «un plan de intervención para eliminar al amianto en estructuras” e intensificó la «vigilancia de la salud» de la plantilla.

Durante el tiempo que el trabajador prestó servicios, y según consta en la demanda interpuesta por Col·lectiu Ronda, la ausencia de medidas de seguridad y prevención frente a la exposición al amianto fue «absoluta». Una situación que está en el origen de la asbestosis sufrida por el ex-trabajador que ha terminado causando la situación de incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional.

"La falta de medidas de seguridad es evidente e indiscutible", afirma Àlex Tisminetzky, abogado que ha redactado la demanda de daños y que anteriormente representó a Rubio en el proceso de reclamación de reconocimiento de contingencia profesional. «Metro de Barcelona difícilmente podrá argumentar que hizo lo posible por evitar la exposición al amianto de sus trabajadores y trabajadoras teniendo en cuenta que tan sólo en tiempos muy recientes ha admitido la presencia de asbesto en los trenes y las instalaciones, pese a la evidencia y los distintos informes que lo confirmaban desde hace décadas», continúa el abogado. Para Tisminetzky, “es inconcebible tener constancia de la existencia de un peligro grave, cierto y conocido y no hacer absolutamente nada por prevenir el riesgo. Por el contrario, Metro de Barcelona ha negado reiteradamente este peligro y se ha enrocado en una postura insostenible como es negar la presencia de amianto». En este sentido, la demanda denuncia «el incumplimiento del deber de Seguridad inherente al empresario» y la continuada y sostenida vulneración en el tiempo «del derecho a la integridad física del trabajador ya una adecuada política de seguridad e higiene, así como al de una protección eficaz». Así, la demanda especifica que Metro de Barcelona incurrió en una "falta absoluta de actuaciones reales y eficaces" en materia de prevención de la exposición al amianto, incluyendo el incumplimiento de facilitar taquillas dobles y elementos individuales y colectivos de protección, ofrecer formación adecuada para minimizar el peligro y mantener un programa adecuado y suficiente de vigilancia de la salud "en concordancia con los riesgos existentes en el puesto de trabajo".

«Los incumplimientos denunciados son evidentes y flagrantes -prosigue el abogado- la normativa en materia de prevención en lo referente al amianto y ambientes pulvígenos ya proviene del Reglamento de Seguridad e Higiene en el Trabajo aprobado nada menos que en enero de 1940» . Tisminetzky está convencido de que «esta es sólo la primera demanda por daños y perjuicios que debe afrontar Metro de Barcelona, pero habrá más en los próximos meses y años, eso seguro. Existen pruebas evidentes de que la plantilla del Metro ha estado expuesta de forma mucho más amplia de lo que la dirección de la empresa admitió cuando limitaba la posible afectación al personal de mantenimiento y estamos seguros de que las cifras que señalan menos de 30 casos de personas afectadas y todas con enfermedad de poca gravedad son completamente irreales. También de Rafael dijo Metro de Barcelona en su momento que no estaba afectado por el amianto y ahora una sentencia lo confirma».