10 años de lucha para conseguir una pensión de viudedad


El Tribunal Supremo da la razón a una viuda y reconoce, a instancia del Col·lectiu Ronda, la pensión de viudedad desde la primera vez que se la denegaron y no desde la última solicitud previa a la vía judicial, 4 años más tarde.

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El juzgado de lo Social 12 de Barcelona dictó una sentencia en la que, seis años después del fallecimiento del exmarido, se reconocía el derecho de la viuda a percibir la prestación de viudedad con efectos del 2013, tras 6 años de reclamaciones y todo tipo de obstáculos burocráticos. Pero éste no era aún el punto y final a la historia, pues el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya redujo el cobro de la pensión a 2017 cuando interpuso demanda a través del Colectivo Ronda por considerar que antes no había reclamado debidamente su derecho existiendo «dejación de derechos».

Por último, el Supremo, 10 años después, valora la reclamación insistente de la viuda por el reconocimiento de su derecho ante los registros civiles, Síndic de Greuges y Defensor del Pueblo antes de acudir a la vía judicial a través del Colectivo Ronda. Y aplica la doctrina casacional defendida por nuestra compañera, Sílvia Vázquez Rigual, de reconocer la pensión de viudedad desde el primer día, ganando casi 4 años más de pensión.

Para la abogada “además de por contener relevantes cuestiones jurídicas, la verdadera significación de esta sentencia es que la lucha incansable reclamando nuestros derechos da su fruto. Por tanto, nunca deje de reclamar sus derechos».

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El juzgado de lo Social 12 de Barcelona dictó una sentencia en la que, seis años después del fallecimiento del exmarido, se reconocía el derecho de la viuda a percibir la prestación de viudedad con efectos del 2013, tras 6 años de reclamaciones y todo tipo de obstáculos burocráticos. Pero éste no era aún el punto y final a la historia, pues el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya redujo el cobro de la pensión a 2017 cuando interpuso demanda a través del Colectivo Ronda por considerar que antes no había reclamado debidamente su derecho existiendo «dejación de derechos».

Por último, el Supremo, 10 años después, valora la reclamación insistente de la viuda por el reconocimiento de su derecho ante los registros civiles, Síndic de Greuges y Defensor del Pueblo antes de acudir a la vía judicial a través del Colectivo Ronda. Y aplica la doctrina casacional defendida por nuestra compañera, Sílvia Vázquez Rigual, de reconocer la pensión de viudedad desde el primer día, ganando casi 4 años más de pensión.

Para la abogada “además de por contener relevantes cuestiones jurídicas, la verdadera significación de esta sentencia es que la lucha incansable reclamando nuestros derechos da su fruto. Por tanto, nunca deje de reclamar sus derechos».