Cabify, un modelo contrario a los derechos laborales


Nuestra cooperativa, en colaboración con la Intersindical Alternativa de Catalunya (IAC) y la organización Taxi Project, presentó la primera denuncia ante Inspección de Trabajo alertando sobre prácticas laborales abusivas por parte de la compañía. Ahora, después de hacerse pública la imposición de sanciones por valor de 735.000 euros a la propia Cabify y empresas de su entorno, las entidades responsables de aquella pionera denuncia valoramos el resultado de las acciones emprendidas.

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El pasado mes de diciembre de 2019, la Intersindical Alternativa de Catalunya (IAC), en colaboración con diferentes fuerzas sindicales y la organización Taxi Project, presentó denuncias ante Inspección de Trabajo en todos los territorios en los que en ese momento operaban Cabify y Uber alertando sobre prácticas laborales abusivas. Unas denuncias confeccionadas por Colectivo Ronda en las que, entre otras cuestiones de singular trascendencia, se remarcaba la imposición a los conductores de vehículos con licencia VTC de jornadas laborales muy por encima de los límites legalmente establecidos y diversos incumplimientos de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos y salud laboral.

Recientemente, el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña hacía público mediante un comunicado dirigido a los medios de comunicación la imposición por parte de Inspección de Trabajo de sanciones por valor de 735.000 euros a la propia Cabify, dos empresas subcontratistas y una ETT por cesión ilegal de trabajadores. En su escrito, la Generalitat admitía que la situación de cesión ilegal que afecta a los conductores de la compañía representa un perjuicio «porque se les aplica un convenio colectivo inferior al que les correspondería si fueran contratadas directamente por Cabify» y remarcaba que estas personas trabajadoras «tienen inferiores condiciones económicas, vacaciones y permisos».

Las entidades que en su momento colaboramos para la presentación de aquella primera y pionera denuncia ante Inspección de Trabajo queremos expresar nuestra profunda satisfacción contra una resolución que pone en cuestión los fundamentos mismos de un modelo empresarial, el de la explotación de licencias VTC, que se basa en la permanente conculcación de los derechos laborales de las personas que trabajan a través de estas aplicaciones. Empresas como Cabify rehuyen sus obligaciones como legales empleadoras a través de la interposición de un complejo entramado de sociedades -propietarias de las licencias y empresas de trabajo temporal- que no tienen otra función que el aprovisionamiento de mano de obra a bajo coste y formalmente ajena a la compañía que a la práctica determina las condiciones esenciales de su prestación laboral y ejerce el poder disciplinario, incluyendo las jornadas abusivas y las sanciones por supuestos incumplimientos laborales.

La sanción a Cabify llega pocos días después de que el sector del taxi en Barcelona haya vuelto a movilizarse contra el retorno de Uber a la ciudad. Una coincidencia en el tiempo que nos obliga a reflexionar nuevamente sobre el impacto de los modelos empresariales amparados en la denominación de economía de plataforma en las relaciones laborales en España. Y más concretamente, sobre el vector de presión que supone la economía de plataforma en dirección a una desregulación del mercado laboral que aboga por la creciente desprotección de las personas asalariadas hasta el punto de poner en cuestión no sólo los derechos que nos amparan como tales, sino también la misma condición de trabajadores por cuenta ajena que nos corresponde. El mejor ejemplo lo tenemos con el conflicto aún no resuelto de los repartidores a domicilio empleados en empresas como Glovo y Deliveroo, entre otras.

En este sentido, la actuación sancionadora de Inspección de Trabajo contra las prácticas fraudulentas de Cabify y las empresas a su servicio debe servir para enfatizar la necesidad cada vez más urgente de regular con firmeza la actuación de unas compañías que han optado para maximizar el beneficio a costa del sacrificio permanente de sus trabajadores y trabajadoras. En algunos casos, tal y como sucede con el sector de las VTC, depredando un sector como el del taxi, sometido a una estricta regulación administrativa por parte de la Administración Pública y titular de la condición de servicio público esencial. Esta regulación que demandamos las organizaciones responsables de la primera denuncia a Inspección de Trabajo contra las formas de explotación de Cabify no puede ser la ya famosa "Ley Rider", que se demuestra insuficiente e innecesaria antes incluso de ver la luz a raíz de la contundencia con la que los tribunales se han expresado respecto la materia que pretende regular. La normativa que requerimos es una que, de una vez por todas, fije límites a la economía de plataforma en su voracidad para disminuir los derechos de las personas que trabajan en este entorno y en sus estrategias para sortear las obligaciones que les corresponden en como beneficiarias del esfuerzo y el trabajo de unas plantillas que se niegan a reconocer como tales.

Conscientes de que en pocas ocasiones las innovaciones legislativas llegan a tiempo de prevenir los agravios contra los derechos de las personas trabajadoras, aprovechamos la ocasión para hacer un llamamiento al sindicalismo combativo y comprometido para mantenerse alerta ante este tipo de prácticas que lesionan la dignidad del trabajo, tal y como ha hecho la IAC y la organización Taxi Project respecto empresas como Uber y Cabify. Una función de vigilancia imprescindible para evitar que la uberización de la economía siga siendo un paradigma de debilitamiento del ya de por sí frágil marco protector de las relaciones laborales.

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El pasado mes de diciembre de 2019, la Intersindical Alternativa de Catalunya (IAC), en colaboración con diferentes fuerzas sindicales y la organización Taxi Project, presentó denuncias ante Inspección de Trabajo en todos los territorios en los que en ese momento operaban Cabify y Uber alertando sobre prácticas laborales abusivas. Unas denuncias confeccionadas por Colectivo Ronda en las que, entre otras cuestiones de singular trascendencia, se remarcaba la imposición a los conductores de vehículos con licencia VTC de jornadas laborales muy por encima de los límites legalmente establecidos y diversos incumplimientos de la normativa vigente en materia de prevención de riesgos y salud laboral.

Recientemente, el Departamento de Trabajo, Asuntos Sociales y Familias de la Generalitat de Cataluña hacía público mediante un comunicado dirigido a los medios de comunicación la imposición por parte de Inspección de Trabajo de sanciones por valor de 735.000 euros a la propia Cabify, dos empresas subcontratistas y una ETT por cesión ilegal de trabajadores. En su escrito, la Generalitat admitía que la situación de cesión ilegal que afecta a los conductores de la compañía representa un perjuicio «porque se les aplica un convenio colectivo inferior al que les correspondería si fueran contratadas directamente por Cabify» y remarcaba que estas personas trabajadoras «tienen inferiores condiciones económicas, vacaciones y permisos».

Las entidades que en su momento colaboramos para la presentación de aquella primera y pionera denuncia ante Inspección de Trabajo queremos expresar nuestra profunda satisfacción contra una resolución que pone en cuestión los fundamentos mismos de un modelo empresarial, el de la explotación de licencias VTC, que se basa en la permanente conculcación de los derechos laborales de las personas que trabajan a través de estas aplicaciones. Empresas como Cabify rehuyen sus obligaciones como legales empleadoras a través de la interposición de un complejo entramado de sociedades -propietarias de las licencias y empresas de trabajo temporal- que no tienen otra función que el aprovisionamiento de mano de obra a bajo coste y formalmente ajena a la compañía que a la práctica determina las condiciones esenciales de su prestación laboral y ejerce el poder disciplinario, incluyendo las jornadas abusivas y las sanciones por supuestos incumplimientos laborales.

La sanción a Cabify llega pocos días después de que el sector del taxi en Barcelona haya vuelto a movilizarse contra el retorno de Uber a la ciudad. Una coincidencia en el tiempo que nos obliga a reflexionar nuevamente sobre el impacto de los modelos empresariales amparados en la denominación de economía de plataforma en las relaciones laborales en España. Y más concretamente, sobre el vector de presión que supone la economía de plataforma en dirección a una desregulación del mercado laboral que aboga por la creciente desprotección de las personas asalariadas hasta el punto de poner en cuestión no sólo los derechos que nos amparan como tales, sino también la misma condición de trabajadores por cuenta ajena que nos corresponde. El mejor ejemplo lo tenemos con el conflicto aún no resuelto de los repartidores a domicilio empleados en empresas como Glovo y Deliveroo, entre otras.

En este sentido, la actuación sancionadora de Inspección de Trabajo contra las prácticas fraudulentas de Cabify y las empresas a su servicio debe servir para enfatizar la necesidad cada vez más urgente de regular con firmeza la actuación de unas compañías que han optado para maximizar el beneficio a costa del sacrificio permanente de sus trabajadores y trabajadoras. En algunos casos, tal y como sucede con el sector de las VTC, depredando un sector como el del taxi, sometido a una estricta regulación administrativa por parte de la Administración Pública y titular de la condición de servicio público esencial. Esta regulación que demandamos las organizaciones responsables de la primera denuncia a Inspección de Trabajo contra las formas de explotación de Cabify no puede ser la ya famosa "Ley Rider", que se demuestra insuficiente e innecesaria antes incluso de ver la luz a raíz de la contundencia con la que los tribunales se han expresado respecto la materia que pretende regular. La normativa que requerimos es una que, de una vez por todas, fije límites a la economía de plataforma en su voracidad para disminuir los derechos de las personas que trabajan en este entorno y en sus estrategias para sortear las obligaciones que les corresponden en como beneficiarias del esfuerzo y el trabajo de unas plantillas que se niegan a reconocer como tales.

Conscientes de que en pocas ocasiones las innovaciones legislativas llegan a tiempo de prevenir los agravios contra los derechos de las personas trabajadoras, aprovechamos la ocasión para hacer un llamamiento al sindicalismo combativo y comprometido para mantenerse alerta ante este tipo de prácticas que lesionan la dignidad del trabajo, tal y como ha hecho la IAC y la organización Taxi Project respecto empresas como Uber y Cabify. Una función de vigilancia imprescindible para evitar que la uberización de la economía siga siendo un paradigma de debilitamiento del ya de por sí frágil marco protector de las relaciones laborales.