El equipo de fisioterapeutas que presta los servicios de rehabilitación adscritos a CAP Barceloneta y Villa Olímpica de BCN convocan huelga e interponen demanda por cesión ilegal de mano de obra contra contra la sociedad pública PAMEM, adscrita al Consorcio Sanitario de Barcelona

El Juzgado Social núm. 11 de Barcelona ha dictado la segunda sentencia en poco más de una semana que establece que la relación de los repartidores con las empresas de reparto de comida a domicilio integradas en la denominada «economía colaborativa» es de carácter laboral y no mercantil.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) cambia su criterio y considera que la legislación española no incurre en trato discriminatorio hacia los trabajadores temporales cuando niega el pago de una indemnización de 20 días por finalización del contrato.

La plantilla de Angelini Beauty, integrante del grupo italiano Angelini, ha decidido en asamblea convocar una huelga que se celebrará el próximo lunes día 4 de junio para denunciar la tramitación de un expediente de despido colectivo que amenaza el puesto de trabajo de 38 de las 119 personas que la multinacional ocupa actualmente en la sede de Barcelona.

La sentencia resulta singularmente trascendente porque reconoce el derecho de las familias inmersas en un proceso de desahucio a instar la parálisis judicial del procedimiento aunque el caso ya hubiera sido analizado por los juzgados siempre y cuando no se hubiera evaluado previamente el carácter abusivo de la cláusula de vencimiento anticipado, algo muy habitual hasta ahora.

Integrantes del colectivo «RidersxDerechos», impulsado por ex-repartidores de Deliveroo despedidos por la empresa al no aceptar las condiciones impuestas por la multinacional, han presentado de forma oficial la cooperativa «Mensakas»

Integrantes del colectivo «RidersxDerechos», impulsado por ex-repartidores de Deliveroo despedidos por la empresa al no aceptar las condiciones impuestas por la multinacional, han presentado de forma oficial la cooperativa «Mensakas»

El Tribunal Supremo ha fijado su criterio respecto la acumulación del permiso de lactancia en jornadas completas determinando que podremos disfrutar del derecho a esta acumulación siempre y cuando esté recogido en el convenio colectivo que sea de aplicación, incluso sin necesidad de acuerdo con la empresa.

Finalmente, tal y como hemos venido reclamando insistentemente, el Gobierno español modifica el cuadro de enfermedades profesionales y admite que la exposición al polvo de sílice en el lugar de trabajo puede provocar cáncer de pulmón.

¿Abusos o violación? ¿Interpretación de la norma y de la prueba o escenificación de prejuicios atávicos que subyacen en el inconsciente colectivo de parte de nuestra sociedad (y de la judicatura)? Consideraciones apresuradas pero necesarias