Golpe del tribunal Supremo a la contratación temporal
El Tribunal Supremo ha modificado su propia doctrina para concluir que no es lícito celebrar un contrato de obra y servicio o eventual cuya duración se vincule a la vigencia de una contrata. Un cambio de rumbo significativo que puede contribuir a paliar la escandalosa abusividad de algunas empresas a la hora de recurrir a las figuras de contratación temporal.