Las protestas y reclamaciones de los llamados riders -repartidores- de la multinacional británica Deliveroo que se han producido estos días y que han acabado con la presentación de una denuncia van más allá de las puramente salariales. Se considera que la empresa ha podido incurrir en prácticas fraudulentas al pedir dedicación exclusiva a las personas repartidoras pero sin integrarlas como empleadas en la empresa y les obliga a darse de alta como autónomos. Ahora, además, están bajo amenaza de despido si no aceptan un contrato de obligado cumplimiento.
El marido de una trabajadora fallecida como consecuencia de una leucemia provocada por la exposición a productos químicos en el lugar de trabajo recibirá en calidad de heredero de la difunta los más de 281.000 de indemnización en concepto de daños y perjuicios que, según determina la sentencia del Juzgado Social 31 de Barcelona, la trabajadora habría podido reclamar antes del fallecimiento. Con anterioridad, el marido y las hijas de la difunta habían percibido 125.000 € de indemnización por la muerte de la madre y esposa. La sentencia diferencia y considera compatibles ambas indemnizaciones.
El Tribunal Supremo ha dictado una importante sentencia que puede resultar decisiva para poner freno a la extensión incontrolada de la precariedad y la temporalidad que caracteriza desde hace años la contratación de personal docente universitario. Hacemos un breve análisis.
El Juzgado de Primera Instancia 35 de Barcelona ha dictado una nueva sentencia a instancias de Colectivo Ronda que condena Banco Santander a devolver los 575.000 euros procedentes de una herencia que una clienta de la entidad invirtió en los denominados «Valores Santander»
La silicosis fue la primera enfermedad profesional reconocida en España y es objeto de normativa específica en materia de prevención desde los años 40. Sin embargo, casi 80 años después, sigue sin estar erradicada y en tiempos recientes hemos constatado un notable repunte en la cifra de víctimas
Accionistas, bonistas y tenedores de deuda subordinada de Banco Popular han perdido la totalidad de su inversión como consecuencia de la declaración de inviabilidad de la entidad y posterior adquisición por parte de Banco Santander. Sin embargo, debemos considerar que la legislación vigente nos otorga la posibilidad de recuperar nuestro dinero.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la sentencia de primera instancia que condenaba el Instituto Catalán de la Salud (ICS) por las graves patologías de una trabajadora causadas por la exposición a los productos químicos utilizados en las operaciones de fumigaciones del Centro de Atención Primaria (CAP) Turró y Lope de Vega del Poblenou de Barcelona.
Pese a que haya expirado el plazo para reclamar la nulidad, todavía podemos recuperar nuestro dinero
Muchas personas y empresas gravemente afectadas por los denominados swaps hipotecarios albergan la creencia de que el plazo para reclamar ya ha ha prescrito y no pueden recuperar su dinero. La realidad, sin embargo, es muy diferente: todavía estamos a tiempo de exigir compensaciones en concepto de daños y perjuicios.
El Juzgado Social 3 de Barcelona ha dictado una trascendente sentencia que invoca el Convenio 158 de la OIT, suscrito por España desde el año 1985, para desestimar la pretensión de una empresa de despedir a un trabajador reconociendo la improcedencia de la extinción - y abonando, por tanto, la correspondiente indemnización- al considerar que la ausencia real de causa conlleva la nulidad del despido y la obligación de readmitirlo en su puesto de trabajo.
Todavía son muchas las personas afectadas por la cláusula suelo de la hipoteca que piensan que no pueden reclamar las cantidades abonadas indebidamente porque en su momento firmaron un documento con su entidad donde renunciaban a emprender acciones legales futuras. Pero no es cierto, pueden reclamar.