Comunicado de Colectivo Ronda en relación al anuncio por parte de COEMAC, sucesora de la antigua URALITA, de presentar solicitud de concurso voluntario de acreedores

Comunicado de Colectivo Ronda en relación al anuncio por parte de COEMAC, sucesora de la antigua URALITA, de presentar solicitud de concurso voluntario de acreedores

Considera la sentencia que la falta de solidez en la argumentación empresarial respecto a los motivos del despido deviene indicio suficiente de que la verdadera causa para despedir es la situación de enfermedad y la incertidumbre respecto a los plazos de recuperación

El Juzgado Social 16 de Barcelona considera que la existencia de un periodo previo de convivencia estable y «análoga relación de afectividad a la conyugal» puede acreditarse mediante «cualquier medio de prueba admitido en derecho» a la hora de acceder sin restricciones temporales a la prestación de viudedad en aquellos casos en que el fallecimiento es causado por una enfermedad contraída con anterioridad a la celebración del matrimonio y no se satisfaga los requisitos de duración mínima de la relación.

El Juzgado Social 16 de Barcelona considera que la existencia de un periodo previo de convivencia estable y «análoga relación de afectividad a la conyugal» puede acreditarse mediante «cualquier medio de prueba admitido en derecho» a la hora de acceder sin restricciones temporales a la prestación de viudedad en aquellos casos en que el fallecimiento es causado por una enfermedad contraída con anterioridad a la celebración del matrimonio y no se satisfaga los requisitos de duración mínima de la relación.

El Tribunal Supremo dicta una importante sentencia donde establece que la superación del plazo de 3 años que impone el Estatuto Básico del Empleado Público para la ejecución de Ofertas Públicas de Empleo genera un derecho indemnizatorio a favor de los funcionarios interinos afectados por la dilación.

Jaume Cortés, abogado de Colectivo Ronda experto en toxicología laboral y ambiental considera que «dada la gravedad del accidente, la proximidad a núcleos urbanos habitados y la relación con un agente químico altamente tóxico y oficialmente calificado como cancerígeno como es el óxido de etileno, consideramos que las autoridades primaron el interés por no alertar a la población frente a la obligada sumisión al principio de precaución"

Nuestro equipo de abogados y abogadas ofrecerá sesiones informativas completamente gratuitas dirigidas a todas las personas interesadas y/o afectadas por las llamadas «tarjetas revolving», un producto financiero que numerosas sentencias consideran abusivo y usurario

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"Ryanair: la coacción como nuevo paradigma laboral" es un artículo de opinión de nuestro compañero Natxo Parra publicado originalmente en la edición papel del diario La Vanguardia correpondiente al pasado día 10 de diciembre.