CX Propiedad: oferta del BBVA

¿Es conveniente aceptar la oferta de recompra trasladada por el BBVA?

A pocos días de que se agote el plazo de que disponen los afectados por la liquidación del fondo inmobiliario CX Propiedad para reclamar judicialmente, BBVA ha trasladado una oferta de recompra mientras los juzgados siguen condenando la entidad para la comercialización de este producto.

Desde que a finales de 2013 Cataluña Banco anunció la disolución del fondo inmobiliario CX-Propiedad FII, más de 3.300 clientes de la entidad que habían adquirido participaciones de este instrumento de inversión colectiva han visto cómo se quedaban sin poder recuperar ni acceder al dinero invertido a la espera que concluya el proceso de liquidación ordenada del patrimonio inmobiliario del propio fondo, valorado en el momento del anuncio en 95,6 millones de euros. Durante todo este tiempo, los clientes –con el dinero retenido en una situación análoga a la de un verdadero corralito– han ido constatando como todo indicaba que el proceso de liquidación resultaría del todo insuficiente para hacer frente a la devolución del dinero invertido, dada la dificultad de vender activos inmobiliarios en la presente situación de mercado, la pérdida de valor de estos mismos activos o la complejidad añadida que supone el hecho de que muchas de estas viviendas se encuentran en situación de arrendamiento y con contratos en vigor que complican la posibilidad de efectuar un traspaso de la propiedad.

Plazo para reclamar y oferta de recompra

El tiempo ha ido transcurriendo sin que Cataluña Banc ni, posteriormente, BBVA, entidad que absorbió la antigua Caixa Cataluña, ofrecieran ningún tipo de solución al numeroso colectivo de afectados hasta llegar al momento actual, a pocos días para del 30 de septiembre, momento en que se agota el plazo de que disponen los damnificados por la liquidación para interponer sus reclamaciones judiciales exigiendo la devolución del dinero invertido. Superado este período, al finalizar septiembre de 2017, los afectados que quieran emprender acciones legales para recuperar su dinero pueden encontrar mayores dificultades, pues habrá prescrito el plazo de 4 años que la legislación otorga como norma general para reclamar la nulidad del contrato y se verán obligados a emprender la vía más tortuosa e insegura de una reclamación por daños y perjuicios.

Ha sido justo ahora, cuando el tiempo para reclamar se agota, tal y como hemos explicado, cuando BBVA ha trasladado a los clientes afectados una oferta para compensar las pérdidas sufridas. Concretamente, los clientes afectados están recibiendo por parte de la entidad el ofrecimiento de recompra de sus participaciones al precio de 4,03 €, es decir, asumiendo y aceptando unas pérdidas de casi el 40% del valor de la inversión inicial.

¿Conviene aceptar la oferta?

Por supuesto, la respuesta a esta pregunta puede variar muchísimo en función del importe de la inversión y de nuestra situación particular. Eso sí, antes de aceptar una oferta que supone asumir importantísimas pérdidas, vale la pena recordar que hasta el momento los juzgados, incluyendo la Audiencia Provincial de Barcelona en dos ocasiones, ya han resuelto numerosas demandas interpuestas por los afectados y lo han hecho en el sentido de condenar la entidad a devolver la totalidad del dinero invertido incrementado con los intereses generados desde el momento de la contratación. Al respecto, hay que recordar que las personas que adquirieron participaciones de CX-Propiedad nunca recibieron ningún pago en concepto de intereses, aunque la oferta de la entidad hablaba de una rentabilidad del 2%. La imposición por parte de los tribunales de la obligación de devolver el dinero incrementado con los correspondientes intereses puede llegar a suponer, dependiendo del momento de la suscripción, una cantidad importante, pues el interés legal se sitúa, de media, en un 4% anual.

En todos los casos, los tribunales han considerado que la información que proporcionó Cataluña Banco a sus clientes a la hora de contratar el fondo CX-Propiedad FII era absolutamente insuficiente para que éstos pudieran tomar conciencia de la verdadera naturaleza del producto financiero que adquirían y, especialmente, de la posibilidad de sufrir pérdidas en el valor de su inversión. En este sentido, la judicatura ha otorgado al fondo CX-Propiedad la consideración de producto complejo y de riesgo a pesar del folleto registrado por Cataluña Banco a la CNMV calificaba la inversión de riesgo medio-bajo y adecuada para clientes de perfil minorista con un historial previo de inversiones prudentes. Nada que ver con las características de un producto netamente especulativo que ha puesto en riesgo los ahorros de miles de clientes de la entidad que en la mayoría de casos no tuvieron acceso a información clara y transparente sobre los riesgos que asumían.

Las sentencias alcanzadas y la contundencia de los argumentos utilizados por los tribunales a la hora de condenar la entidad deberían resultar un verdadero estímulo para el conjunto de afectados y afectadas a la hora de reclamar sus derechos y la devolución del dinero actualmente retenido. Por lo menos, una cuestión a valorar antes de aceptar el ofrecimiento de BBVA y asumir unas pérdidas del todo injustas. Eso sí, siendo conscientes de que el plazo para reclamar se agota a finales de septiembre.

¿Es conveniente aceptar la oferta de recompra trasladada por el BBVA?

Desde que a finales de 2013 Cataluña Banco anunció la disolución del fondo inmobiliario CX-Propiedad FII, más de 3.300 clientes de la entidad que habían adquirido participaciones de este instrumento de inversión colectiva han visto cómo se quedaban sin poder recuperar ni acceder al dinero invertido a la espera que concluya el proceso de liquidación ordenada del patrimonio inmobiliario del propio fondo, valorado en el momento del anuncio en 95,6 millones de euros. Durante todo este tiempo, los clientes –con el dinero retenido en una situación análoga a la de un verdadero corralito– han ido constatando como todo indicaba que el proceso de liquidación resultaría del todo insuficiente para hacer frente a la devolución del dinero invertido, dada la dificultad de vender activos inmobiliarios en la presente situación de mercado, la pérdida de valor de estos mismos activos o la complejidad añadida que supone el hecho de que muchas de estas viviendas se encuentran en situación de arrendamiento y con contratos en vigor que complican la posibilidad de efectuar un traspaso de la propiedad.

Plazo para reclamar y oferta de recompra

El tiempo ha ido transcurriendo sin que Cataluña Banc ni, posteriormente, BBVA, entidad que absorbió la antigua Caixa Cataluña, ofrecieran ningún tipo de solución al numeroso colectivo de afectados hasta llegar al momento actual, a pocos días para del 30 de septiembre, momento en que se agota el plazo de que disponen los damnificados por la liquidación para interponer sus reclamaciones judiciales exigiendo la devolución del dinero invertido. Superado este período, al finalizar septiembre de 2017, los afectados que quieran emprender acciones legales para recuperar su dinero pueden encontrar mayores dificultades, pues habrá prescrito el plazo de 4 años que la legislación otorga como norma general para reclamar la nulidad del contrato y se verán obligados a emprender la vía más tortuosa e insegura de una reclamación por daños y perjuicios.

Ha sido justo ahora, cuando el tiempo para reclamar se agota, tal y como hemos explicado, cuando BBVA ha trasladado a los clientes afectados una oferta para compensar las pérdidas sufridas. Concretamente, los clientes afectados están recibiendo por parte de la entidad el ofrecimiento de recompra de sus participaciones al precio de 4,03 €, es decir, asumiendo y aceptando unas pérdidas de casi el 40% del valor de la inversión inicial.

¿Conviene aceptar la oferta?

Por supuesto, la respuesta a esta pregunta puede variar muchísimo en función del importe de la inversión y de nuestra situación particular. Eso sí, antes de aceptar una oferta que supone asumir importantísimas pérdidas, vale la pena recordar que hasta el momento los juzgados, incluyendo la Audiencia Provincial de Barcelona en dos ocasiones, ya han resuelto numerosas demandas interpuestas por los afectados y lo han hecho en el sentido de condenar la entidad a devolver la totalidad del dinero invertido incrementado con los intereses generados desde el momento de la contratación. Al respecto, hay que recordar que las personas que adquirieron participaciones de CX-Propiedad nunca recibieron ningún pago en concepto de intereses, aunque la oferta de la entidad hablaba de una rentabilidad del 2%. La imposición por parte de los tribunales de la obligación de devolver el dinero incrementado con los correspondientes intereses puede llegar a suponer, dependiendo del momento de la suscripción, una cantidad importante, pues el interés legal se sitúa, de media, en un 4% anual.

En todos los casos, los tribunales han considerado que la información que proporcionó Cataluña Banco a sus clientes a la hora de contratar el fondo CX-Propiedad FII era absolutamente insuficiente para que éstos pudieran tomar conciencia de la verdadera naturaleza del producto financiero que adquirían y, especialmente, de la posibilidad de sufrir pérdidas en el valor de su inversión. En este sentido, la judicatura ha otorgado al fondo CX-Propiedad la consideración de producto complejo y de riesgo a pesar del folleto registrado por Cataluña Banco a la CNMV calificaba la inversión de riesgo medio-bajo y adecuada para clientes de perfil minorista con un historial previo de inversiones prudentes. Nada que ver con las características de un producto netamente especulativo que ha puesto en riesgo los ahorros de miles de clientes de la entidad que en la mayoría de casos no tuvieron acceso a información clara y transparente sobre los riesgos que asumían.

Las sentencias alcanzadas y la contundencia de los argumentos utilizados por los tribunales a la hora de condenar la entidad deberían resultar un verdadero estímulo para el conjunto de afectados y afectadas a la hora de reclamar sus derechos y la devolución del dinero actualmente retenido. Por lo menos, una cuestión a valorar antes de aceptar el ofrecimiento de BBVA y asumir unas pérdidas del todo injustas. Eso sí, siendo conscientes de que el plazo para reclamar se agota a finales de septiembre.