Inquietud por el futuro de los CDA de Triodos


Los Certificados de Depósitos de Acciones (CDA) son un producto inversor complejo que, entre otras entidades, comercializó Triodos. Los clientes que los adquirieron a través de este banco afrontan con inquietud el futuro de sus ahorros después de ver cerrado el mercado interno en el que podían comercializarlos.

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A pesar de su nombre, los Certificados de Depósitos de Acciones (CDA) no son depósitos bancarios ni acciones. Se trata de un producto financiero complejo y no exento de riesgo que guarda bastantes similitudes en cuanto a su naturaleza y funcionamiento con las participaciones preferentes.

Triodos Bank, entidad neerlandesa con implantación en España, ha sido uno de los bancos que en los últimos años ha registrado ante la CNMV emisiones de este producto. Ahora, sin embargo, muchos de los tenedores de los CDA de Triodos miran el futuro con preocupación tras ver cerrada radicalmente la comercialidad del producto y, por tanto, la posibilidad de recuperar de forma inmediata los ahorros invertidos.

Un producto suscrito a perpetuidad y comercializado en un mercado interno

Invertir en CDA supone adquirir participaciones en el capital de la empresa que, a diferencia de lo que ocurre con las clásicas acciones bursátiles, no cotizan en los mercados de valores ni otorgan derechos políticos ni de participación en la gestión de la entidad. A cambio, estas participaciones están remuneradas con un interés que puede ser fijo o variable y que, normalmente, viene determinado por el volumen de la participación.

En el caso de los CDA emitidos por Triodos, este producto no tiene fecha de vencimiento. Es decir, se contratan a perpetuidad y quien quiera recuperar el valor de la inversión no tiene otro remedio que ponerlos a la venta en un mercado interno regulado por la propia entidad, que es la responsable de casar las órdenes de venta con las peticiones de compra que pudieran existir. Y es ahí donde radica el principal problema a día de hoy: Triodos mantiene cerrado este mercado y no acepta órdenes de compra ni de venta y, por tanto, los tenedores de CDA no tienen forma de recuperar el dinero depositado en este producto.

Casi dos años de cierre

El 18 de marzo de 2020, Triodos hacía pública una nota de prensa en la que anunciaba que había «suspendido» la posibilidad de comprar o vender CDA como consecuencia de la «incertidumbre que la pandemia de la Covid-19 ha generado en el conjunto de economía». El funcionamiento del mercado interno se reanudó el 13 de octubre de 2020 pero la reapertura y la reanudación de la posibilidad de vender los CDA o adquirirlos volvió a interrumpirse tan sólo unos meses después. El 5 de enero de 2021, a través de un nuevo comunicado, Triodos informó a sus clientes que suspendía la actividad del mercado después de haber detectado «un patrón de compraventa en el que el número de órdenes de venta sobrepasa el número de órdenes de compra» obligando a la entidad a «asumir que no es probable que los patrones de comercialización previos se recuperen en un futuro inmediato».

A día de hoy, este mercado interno controlado y gestionado por Triodos se mantiene temporalmente clausurado y no es posible desprenderse de los CDA. Situación sobre la que Triodos se ha comprometido a informar a los tenedores de este producto durante el próximo mes de febrero.

Cotizar en un Sistema Multilateral de Negociación (SMN)

A la espera de mayor concreción, la entidad neerlandesa ha hecho público que ha iniciado los trámites para cotizar en un Sistema Multilateral de Negociación para mejorar "la comerciabilidad para las personas inversoras". Un SMN es una variante de los tradicionales mercados de valores con la diferencia de que el ente encargado de gestionarlo y supervisarlo suele ser una empresa y los requisitos tanto económicos como de acceso y registro acostumbran a ser mucho menos exigentes que en los mercados de valores.

Aunque todavía sin carácter defintivo, la entidad ha señalado que la intención es constituir un SMN basado en comunidad o lo que debería ser el mismo, gestionado por el propio banco aunque abierto a la participación de todo tipo inversores, incluidos los institucionales. Pero esto no significa en absoluto que simplemente se esté cambiando un mercado interno por otro, sin variaciones trascendentes para los clientes: por el contrario, los cambios son significativos y pueden actuar en detrimento de los intereses de los tenedores de CDA.

La primera de las grandes modificaciones que supone pasar a un sistema de comercialización basado en un SMN es el cambio en el valor nominal de los CDA que ahora será completamente variable. Si antes el valor del CDA se basaba en el propio valor neto contable de la entidad ahora, tal y como reconoce Triodos, «una vez que la cotización entre en vigor, la rentabilidad, las expectativas, la evolución del mercado, el compromiso continuo con la misión y los valores de Triodos, el nivel de oferta y demanda y otros muchos factores determinarán, en conjunto, el precio de los CDA». Por tanto, es evidente que el cambio supone introducir un importantísimo factor de volatilidad e incertidumbre sobre el valor de un producto que en el momento de adquirirlo estaba mucho menos expuesto a variaciones significativas.

Por otra parte, cabe considerar que la irrupción en un nuevo mercado de un producto que no ha tenido liquidez durante años (y los trámites para la inclusión en un SMN pueden demorar, al menos, todavía un año) implicará por la simple acción de la oferta y la demanda una drástica disminución de su precio de venta. Extremo que admite Triodos cuando afirma que «según las valoraciones actuales de las instituciones financieras europeas que cotizan en bolsa, es de esperar que el precio de la negociación variable sea, en ese momento, considerablemente más bajo que el basado en el valor neto contable del banco». O dicho de otra forma, que quien quiera vender sus CDA para recuperar el dinero que habrá tenido inmovilizado durante probablemente más de 3 años tendrá que hacerlo asumiendo grandes pérdidas.

¿Se están vulnerando derechos de las personas tenedoras de CDA?

En las últimas semanas, han sido muchos los clientes de Triodos que se están dirigiendo a nosotros planteándonos esta pregunta ante la situación vivida desde marzo de 2020 y la previsible evolución de los acontecimientos, incluyendo la entrada en el citado SMN. Y debemos decir que, al menos, los tenedores de CDA tienen derecho a considerar que se ha frustrado y desdibujado una serie de expectativas lógicas y legítimas como inversores, principalmente:

1) El precio de las CDA deja de tener una sólida garantía como era la referencia al valor contable neto de la entidad y pasa a someterse absolutamente a la evolución y la incertidumbre del mercado.

2) Se ha privado de liquidez un producto durante un largo período de tiempo a pesar de las garantías ofrecidas en su momento y, de hecho, la liquidez futura sigue sujeta al cumplimiento de los anuncios realizados pero todavía no materializados por parte de la entidad .

Todos estos hechos podrían justificar que los clientes de Triodos esgrimieran la existencia de vicio del consentimiento en atención a la drástica variación de las características del producto contratado y en la forma de relacionarse con el mercado para obtener liquidez. De confirmarse este extremo según el contenido de la información contractual y pre-contractual ofrecida a los clientes en el momento de la adquisición de los CDA, la consecuencia de una reclamación podría ser la anulación de la propia compra con el obligación para la entidad de restituir el valor de la inversión incrementado con los correspondientes intereses generados desde el momento de su contratación. A esta cantidad sólo debería detraerse el importe de los cupones o dividendos generados.

Tal y como le explicábamos al inicio, están siendo muchas las personas afectadas que nos están consultando en relación a este producto comercializado por Triodos. Después de analizar la situación y las características consideramos que existen razones suficientes para considerar que se podrían estar infringiendo los derechos de los clientes de esta entidad.

Si cree que puede ser una persona afectada, contacte con nosotros al 932682199 o clicando al siguiente enlace y analizaremos su caso particular.

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A pesar de su nombre, los Certificados de Depósitos de Acciones (CDA) no son depósitos bancarios ni acciones. Se trata de un producto financiero complejo y no exento de riesgo que guarda bastantes similitudes en cuanto a su naturaleza y funcionamiento con las participaciones preferentes.

Triodos Bank, entidad neerlandesa con implantación en España, ha sido uno de los bancos que en los últimos años ha registrado ante la CNMV emisiones de este producto. Ahora, sin embargo, muchos de los tenedores de los CDA de Triodos miran el futuro con preocupación tras ver cerrada radicalmente la comercialidad del producto y, por tanto, la posibilidad de recuperar de forma inmediata los ahorros invertidos.

Un producto suscrito a perpetuidad y comercializado en un mercado interno

Invertir en CDA supone adquirir participaciones en el capital de la empresa que, a diferencia de lo que ocurre con las clásicas acciones bursátiles, no cotizan en los mercados de valores ni otorgan derechos políticos ni de participación en la gestión de la entidad. A cambio, estas participaciones están remuneradas con un interés que puede ser fijo o variable y que, normalmente, viene determinado por el volumen de la participación.

En el caso de los CDA emitidos por Triodos, este producto no tiene fecha de vencimiento. Es decir, se contratan a perpetuidad y quien quiera recuperar el valor de la inversión no tiene otro remedio que ponerlos a la venta en un mercado interno regulado por la propia entidad, que es la responsable de casar las órdenes de venta con las peticiones de compra que pudieran existir. Y es ahí donde radica el principal problema a día de hoy: Triodos mantiene cerrado este mercado y no acepta órdenes de compra ni de venta y, por tanto, los tenedores de CDA no tienen forma de recuperar el dinero depositado en este producto.

Casi dos años de cierre

El 18 de marzo de 2020, Triodos hacía pública una nota de prensa en la que anunciaba que había «suspendido» la posibilidad de comprar o vender CDA como consecuencia de la «incertidumbre que la pandemia de la Covid-19 ha generado en el conjunto de economía». El funcionamiento del mercado interno se reanudó el 13 de octubre de 2020 pero la reapertura y la reanudación de la posibilidad de vender los CDA o adquirirlos volvió a interrumpirse tan sólo unos meses después. El 5 de enero de 2021, a través de un nuevo comunicado, Triodos informó a sus clientes que suspendía la actividad del mercado después de haber detectado «un patrón de compraventa en el que el número de órdenes de venta sobrepasa el número de órdenes de compra» obligando a la entidad a «asumir que no es probable que los patrones de comercialización previos se recuperen en un futuro inmediato».

A día de hoy, este mercado interno controlado y gestionado por Triodos se mantiene temporalmente clausurado y no es posible desprenderse de los CDA. Situación sobre la que Triodos se ha comprometido a informar a los tenedores de este producto durante el próximo mes de febrero.

Cotizar en un Sistema Multilateral de Negociación (SMN)

A la espera de mayor concreción, la entidad neerlandesa ha hecho público que ha iniciado los trámites para cotizar en un Sistema Multilateral de Negociación para mejorar "la comerciabilidad para las personas inversoras". Un SMN es una variante de los tradicionales mercados de valores con la diferencia de que el ente encargado de gestionarlo y supervisarlo suele ser una empresa y los requisitos tanto económicos como de acceso y registro acostumbran a ser mucho menos exigentes que en los mercados de valores.

Aunque todavía sin carácter defintivo, la entidad ha señalado que la intención es constituir un SMN basado en comunidad o lo que debería ser el mismo, gestionado por el propio banco aunque abierto a la participación de todo tipo inversores, incluidos los institucionales. Pero esto no significa en absoluto que simplemente se esté cambiando un mercado interno por otro, sin variaciones trascendentes para los clientes: por el contrario, los cambios son significativos y pueden actuar en detrimento de los intereses de los tenedores de CDA.

La primera de las grandes modificaciones que supone pasar a un sistema de comercialización basado en un SMN es el cambio en el valor nominal de los CDA que ahora será completamente variable. Si antes el valor del CDA se basaba en el propio valor neto contable de la entidad ahora, tal y como reconoce Triodos, «una vez que la cotización entre en vigor, la rentabilidad, las expectativas, la evolución del mercado, el compromiso continuo con la misión y los valores de Triodos, el nivel de oferta y demanda y otros muchos factores determinarán, en conjunto, el precio de los CDA». Por tanto, es evidente que el cambio supone introducir un importantísimo factor de volatilidad e incertidumbre sobre el valor de un producto que en el momento de adquirirlo estaba mucho menos expuesto a variaciones significativas.

Por otra parte, cabe considerar que la irrupción en un nuevo mercado de un producto que no ha tenido liquidez durante años (y los trámites para la inclusión en un SMN pueden demorar, al menos, todavía un año) implicará por la simple acción de la oferta y la demanda una drástica disminución de su precio de venta. Extremo que admite Triodos cuando afirma que «según las valoraciones actuales de las instituciones financieras europeas que cotizan en bolsa, es de esperar que el precio de la negociación variable sea, en ese momento, considerablemente más bajo que el basado en el valor neto contable del banco». O dicho de otra forma, que quien quiera vender sus CDA para recuperar el dinero que habrá tenido inmovilizado durante probablemente más de 3 años tendrá que hacerlo asumiendo grandes pérdidas.

¿Se están vulnerando derechos de las personas tenedoras de CDA?

En las últimas semanas, han sido muchos los clientes de Triodos que se están dirigiendo a nosotros planteándonos esta pregunta ante la situación vivida desde marzo de 2020 y la previsible evolución de los acontecimientos, incluyendo la entrada en el citado SMN. Y debemos decir que, al menos, los tenedores de CDA tienen derecho a considerar que se ha frustrado y desdibujado una serie de expectativas lógicas y legítimas como inversores, principalmente:

1) El precio de las CDA deja de tener una sólida garantía como era la referencia al valor contable neto de la entidad y pasa a someterse absolutamente a la evolución y la incertidumbre del mercado.

2) Se ha privado de liquidez un producto durante un largo período de tiempo a pesar de las garantías ofrecidas en su momento y, de hecho, la liquidez futura sigue sujeta al cumplimiento de los anuncios realizados pero todavía no materializados por parte de la entidad .

Todos estos hechos podrían justificar que los clientes de Triodos esgrimieran la existencia de vicio del consentimiento en atención a la drástica variación de las características del producto contratado y en la forma de relacionarse con el mercado para obtener liquidez. De confirmarse este extremo según el contenido de la información contractual y pre-contractual ofrecida a los clientes en el momento de la adquisición de los CDA, la consecuencia de una reclamación podría ser la anulación de la propia compra con el obligación para la entidad de restituir el valor de la inversión incrementado con los correspondientes intereses generados desde el momento de su contratación. A esta cantidad sólo debería detraerse el importe de los cupones o dividendos generados.

Tal y como le explicábamos al inicio, están siendo muchas las personas afectadas que nos están consultando en relación a este producto comercializado por Triodos. Después de analizar la situación y las características consideramos que existen razones suficientes para considerar que se podrían estar infringiendo los derechos de los clientes de esta entidad.

Si cree que puede ser una persona afectada, contacte con nosotros al 932682199 o clicando al siguiente enlace y analizaremos su caso particular.