Caso Dentix: más de 100.000 afectados/as


El cierre de las más de 300 clínicas Dentix, dedicadas a la salud bucodental, y la petición de concurso de acreedores por parte de la empresa amenaza el futuro de las más de 100.000 personas afectadas en todo el Estado. En este artículo os ofrecemos consejos sobre cómo proceder y facilitamos documentación para defender vuestros derechos.

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Más de 100.000 personas en todo el Estado se encuentran afectadas actualmente por el cierre de las clínicas de la cadena Dentix, que mantiene actualmente a 3.400 profesionales en ERTE por fuerza mayor y ha presentado solicitud de concurso de acreedores con un pasivo declarado de 250 millones de euros, incluyendo 100 millones adeudados a la banca.

La situación para todas estas personas es de enorme incertidumbre como consecuencia, básicamente, de dos cuestiones fundamentales. La primera es de índole sanitaria, pues son muchísimas las personas que en estos momentos permanecen con sus tratamientos incompletos, con las molestias y los riesgos para la salud que ello supone. Y la segunda cuestión es de naturaleza económica y financiera, centrada en cómo recuperar el dinero abonado anticipadamente por tratamientos y servicios no satisfechos o cómo conseguir liberarse de los créditos solicitados para sufragarlos.

Sobre ambas cuestiones y cómo defender nuestros derechos como consumidores y perjudicados por la suspensión de la actividad de las clínicas Dentix os informaremos a continuación, facilitándoos la documentación necesaria para actuar de forma inmediata.

Mala praxis médica

Una mala praxis médica es una actuación culposa o negligente por parte de un profesional sanitario que tiene como consecuencia un perjuicio para nuestra salud o nos expone innecesariamente a un riesgo que podía ser evitado.

Entre los afectados de Dentix, los testimonios de malas praxis médicas son abundantes, incluyendo las que derivan de la peligrosidad de dejar algunos tratamientos sin finalizar. En este caso, los perjudicados pueden emprender lo que se llama una acción directa que no es otra cosa que la facultad de quien es víctima de un determinado hecho dañoso para reclamar una indemnización no tan sólo a la empresa responsable sino también directamente contra el asegurador de este daño.

Sin embargo, debemos tener presente que, además de las dificultades que pueda haber para acreditar el daño, también habrá que analizar el contenido de las respectivas pólizas para conocer el alcance de las coberturas contratadas y saber si quedan cubiertos o no, por ejemplo, los daños derivados de tratamientos sin finalizar.

Tratamientos inacabados

Más allá de la posible existencia de malas praxis médicas, la situación que afecta al mayor número de las más de 100.000 personas perjudicadas por el cierre de Dentix es la de encontrarse con tratamientos médicos incompletos que aún se estaban desarrollando en el momento en que las clínicas dejaron de prestar servicio. Esta situación no sólo comporta una evidente molestia y un grave riesgo potencial para la salud sino que conlleva un INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL pues no se nos está ofreciendo el tratamiento que Dentix se comprometió a realizar. Ante esta situación, tenemos derecho a reclamar por la parte del servicio abonada que no ha sido satisfecha y no pagar por un servicio que no hemos recibido. La forma de proceder varía en función de diversos factores y, fundamentalmente, atendiendo a que el tratamiento haya sido financiado o no:

1) Si el tratamiento ha sido financiado, se trata de un crédito al consumo vinculado regulado por la Ley 16/2011

  • a) Crédito ya abonado: si hemos devuelto todo el crédito que pedimos para pagar el tratamiento y éste no ha sido finalizado, tenemos derecho a reclamar a la financiera la devolución del dinero correspondiente a la parte del servicio que no nos ha sido prestado
  • b) Crédito que no ha sido pagado en su totalidad: Estamos obligados a abonar la parte del crédito correspondiente al tratamiento que haya sido efectivamente realizado, pero no la parte proporcional al tratamiento o servicio no satisfecho.

2) Si el tratamiento ha sido pagado sin financiación

En este caso, no tenemos otra alternativa que integrarnos en el concurso de acreedores para intentar recuperar el coste abonado por el servicio no realizado. Debemos tener presente que la deuda que Dentix mantiene con nosotros tendrá la consideración de crédito ordinario y la ley concursal determina que hay otros tipos de créditos con prioridad a la hora de ser recuperados como lo son los que la empresa mantenga con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria, los salarios de los trabajadores dejados de abonar o los préstamos con entidades financieras.

Desafortunadamente, en estas circunstancias las garantías de recuperar nuestro dinero son menores.

¿Es recomendable abrir la vía penal contra los administradores?

Existe la posibilidad de reclamar responsabilidades penales a los administradores, especialmente si se demuestra que la empresa ofreció y contrató servicios cuando ya era consciente de que no estaba en disposición de satisfacer sus compromisos. Ahora bien, debemos ser conscientes se trata de procedimientos muy largos y costosos que normalmente se desarrollan en la Audiencia Nacional, tribunal competente en estas cuestiones de alcance nacional, y que, incluso en caso de obtener una condena contra los administradores, es muy probable que estos no tengan solvencia para asumir las responsabilidades económicas que puedan derivarse.

¿Qué debemos hacer de forma inmediata?

Hay una serie de acciones a realizar sin demora para preservar y ejercer nuestros derechos:

1. Reclamación extrajudicial contra la clínica

Este procedimiento es necesario para poder actuar posteriormente en el ámbito judicial para reclamar a las financieras la devolución del dinero indebidamente abonado. Para hacerlo, podéis descargar, rellenar y entregar este documento:

2. Pago a las entidades bancarias

Es necesario trasladar una comunicación fehaciente e inmediata a la entidad financiera para que se suspenda el pago de las cuotas correspondientes al servicio que no nos será ofrecido. Para hacerlo, podéis descargar, rellenar y entregar este documento:

3. Recuperar el historial clínico

La clínica tiene la obligación de entregarnos los informes y nuestro historial para que podamos proseguir con garantías en otros centros y con otros profesionales el tratamiento inacabado. Puede reclamarlo mediante este documento. En caso de negativa por parte de la clínica, se puede acudir al juzgado para exigirlo.

Responsabilidad editorial

Estos documentos ofrecen con una finalidad exclusivamente informativa. Si bien velamos por su vigencia, exactitud y veracidad, hay que recordar que se trata de modelos generales que deben ser adaptados a cada supuesto, situación y momento concretos, por lo que se declina toda responsabilidad por los daños que puedan causarse como consecuencia de inexactitudes o incorrecciones en el mismo.

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Más de 100.000 personas en todo el Estado se encuentran afectadas actualmente por el cierre de las clínicas de la cadena Dentix, que mantiene actualmente a 3.400 profesionales en ERTE por fuerza mayor y ha presentado solicitud de concurso de acreedores con un pasivo declarado de 250 millones de euros, incluyendo 100 millones adeudados a la banca.

La situación para todas estas personas es de enorme incertidumbre como consecuencia, básicamente, de dos cuestiones fundamentales. La primera es de índole sanitaria, pues son muchísimas las personas que en estos momentos permanecen con sus tratamientos incompletos, con las molestias y los riesgos para la salud que ello supone. Y la segunda cuestión es de naturaleza económica y financiera, centrada en cómo recuperar el dinero abonado anticipadamente por tratamientos y servicios no satisfechos o cómo conseguir liberarse de los créditos solicitados para sufragarlos.

Sobre ambas cuestiones y cómo defender nuestros derechos como consumidores y perjudicados por la suspensión de la actividad de las clínicas Dentix os informaremos a continuación, facilitándoos la documentación necesaria para actuar de forma inmediata.

Mala praxis médica

Una mala praxis médica es una actuación culposa o negligente por parte de un profesional sanitario que tiene como consecuencia un perjuicio para nuestra salud o nos expone innecesariamente a un riesgo que podía ser evitado.

Entre los afectados de Dentix, los testimonios de malas praxis médicas son abundantes, incluyendo las que derivan de la peligrosidad de dejar algunos tratamientos sin finalizar. En este caso, los perjudicados pueden emprender lo que se llama una acción directa que no es otra cosa que la facultad de quien es víctima de un determinado hecho dañoso para reclamar una indemnización no tan sólo a la empresa responsable sino también directamente contra el asegurador de este daño.

Sin embargo, debemos tener presente que, además de las dificultades que pueda haber para acreditar el daño, también habrá que analizar el contenido de las respectivas pólizas para conocer el alcance de las coberturas contratadas y saber si quedan cubiertos o no, por ejemplo, los daños derivados de tratamientos sin finalizar.

Tratamientos inacabados

Más allá de la posible existencia de malas praxis médicas, la situación que afecta al mayor número de las más de 100.000 personas perjudicadas por el cierre de Dentix es la de encontrarse con tratamientos médicos incompletos que aún se estaban desarrollando en el momento en que las clínicas dejaron de prestar servicio. Esta situación no sólo comporta una evidente molestia y un grave riesgo potencial para la salud sino que conlleva un INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL pues no se nos está ofreciendo el tratamiento que Dentix se comprometió a realizar. Ante esta situación, tenemos derecho a reclamar por la parte del servicio abonada que no ha sido satisfecha y no pagar por un servicio que no hemos recibido. La forma de proceder varía en función de diversos factores y, fundamentalmente, atendiendo a que el tratamiento haya sido financiado o no:

1) Si el tratamiento ha sido financiado, se trata de un crédito al consumo vinculado regulado por la Ley 16/2011

  • a) Crédito ya abonado: si hemos devuelto todo el crédito que pedimos para pagar el tratamiento y éste no ha sido finalizado, tenemos derecho a reclamar a la financiera la devolución del dinero correspondiente a la parte del servicio que no nos ha sido prestado
  • b) Crédito que no ha sido pagado en su totalidad: Estamos obligados a abonar la parte del crédito correspondiente al tratamiento que haya sido efectivamente realizado, pero no la parte proporcional al tratamiento o servicio no satisfecho.

2) Si el tratamiento ha sido pagado sin financiación

En este caso, no tenemos otra alternativa que integrarnos en el concurso de acreedores para intentar recuperar el coste abonado por el servicio no realizado. Debemos tener presente que la deuda que Dentix mantiene con nosotros tendrá la consideración de crédito ordinario y la ley concursal determina que hay otros tipos de créditos con prioridad a la hora de ser recuperados como lo son los que la empresa mantenga con la Seguridad Social, la Agencia Tributaria, los salarios de los trabajadores dejados de abonar o los préstamos con entidades financieras.

Desafortunadamente, en estas circunstancias las garantías de recuperar nuestro dinero son menores.

¿Es recomendable abrir la vía penal contra los administradores?

Existe la posibilidad de reclamar responsabilidades penales a los administradores, especialmente si se demuestra que la empresa ofreció y contrató servicios cuando ya era consciente de que no estaba en disposición de satisfacer sus compromisos. Ahora bien, debemos ser conscientes se trata de procedimientos muy largos y costosos que normalmente se desarrollan en la Audiencia Nacional, tribunal competente en estas cuestiones de alcance nacional, y que, incluso en caso de obtener una condena contra los administradores, es muy probable que estos no tengan solvencia para asumir las responsabilidades económicas que puedan derivarse.

¿Qué debemos hacer de forma inmediata?

Hay una serie de acciones a realizar sin demora para preservar y ejercer nuestros derechos:

1. Reclamación extrajudicial contra la clínica

Este procedimiento es necesario para poder actuar posteriormente en el ámbito judicial para reclamar a las financieras la devolución del dinero indebidamente abonado. Para hacerlo, podéis descargar, rellenar y entregar este documento:

2. Pago a las entidades bancarias

Es necesario trasladar una comunicación fehaciente e inmediata a la entidad financiera para que se suspenda el pago de las cuotas correspondientes al servicio que no nos será ofrecido. Para hacerlo, podéis descargar, rellenar y entregar este documento:

3. Recuperar el historial clínico

La clínica tiene la obligación de entregarnos los informes y nuestro historial para que podamos proseguir con garantías en otros centros y con otros profesionales el tratamiento inacabado. Puede reclamarlo mediante este documento. En caso de negativa por parte de la clínica, se puede acudir al juzgado para exigirlo.

Responsabilidad editorial

Estos documentos ofrecen con una finalidad exclusivamente informativa. Si bien velamos por su vigencia, exactitud y veracidad, hay que recordar que se trata de modelos generales que deben ser adaptados a cada supuesto, situación y momento concretos, por lo que se declina toda responsabilidad por los daños que puedan causarse como consecuencia de inexactitudes o incorrecciones en el mismo.