Silicosis: el mal que vuelve

Lejos de erradicarse como enfermedad de origen laboral, los casos de silicosis siguen aumentando

La silicosis fue la primera enfermedad profesional reconocida en España y es objeto de normativa específica en materia de prevención desde los años 40. Sin embargo, casi 80 años después, sigue sin estar erradicada y en tiempos recientes hemos constatado un notable repunte en la cifra de víctimas

En 1941 se dictaba la primera norma que establecía medidas de prevención e indemnización de la silicosis en su condición de enfermedad profesional vinculada a la actividad de aquellas industrias en las que se generaba polvo de origen metálico o mineral que pudiera afectar a los trabajadores expuestos. Con posterioridad, en 1947, una nueva normativa que ampliaba el alcance de la dictada seis años antes y por la cual se creaba el primer seguro de enfermedades profesionales incluía la silicosis en el cuadro de enfermedades profesionales relacionándolo de nuevo con la presencia de polvo de naturaleza mineral -pétreo o metálico-, vegetal o animal en el lugar de trabajo.

La antigüedad de la normativa mencionada permite apreciar que son pocas las enfermedades de origen laboral que sean tan ampliamente conocidas y sobre las cuales se posea una información más precisa respecto a sus causas y consecuencias como sucede con la silicosis, tradicionalmente vinculada con la actividad extractiva en las cuencas mineras, especialmente de carbón. Sin embargo, a pesar de este extenso conocimiento científico y médico al respecto y a la existencia de una institución como es el Instituto Nacional de Silicosis dedicado en exclusiva al estudio, tratamiento y prevención de esta patología, la silicosis sigue presente en el mapa español de siniestralidad laboral y no deja de cobrarse nuevas víctimas.

A la estela del boom de la construcción

Las víctimas más recientes de la silicosis, grave enfermedad pulmonar que en sus formas más dañinas puede resultar mortal, ya no están tan habitualmente ligadas a la minería -una actividad en franca recesión y que cada vez emplea a menos personas- como sucedía en el pasado. Actualmente, el cuadro de enfermedades profesionales en vigor relaciona principalmente la silicosis, por ejemplo, con la fabricación de vidrio, porcelana y diversos productos cerámicos, entre otras muchas actividades susceptibles de comportar la exposición a ambientes pulvígenos insalubres. Sin embargo, la principal causante de nuevos casos de silicosis no es ninguna de estas actividades sino que la mayoría de personas que contraen actualmente la enfermedad lo hacen por haber estado expuestos al polvo derivado de la manipulación, corte e instalación de aglomerado de cuarzo, un material muy conocido bajo diferentes denominaciones comerciales como Compac o, sin duda la más popular, Silestone.

Aunque este material se ha utilizado también como pavimento, su principal utilidad ha sido la confección de materiales empleados en la construcción de baños y cocinas, especialmente encimeras, donde ha acabado sustituyendo de forma prácticamente absoluta al granito que durante mucho tiempo fue el componente más empleado en la construcción de este tipo de elementos debido a su menor coste, facilidad de mantenimiento y mayor durabilidad. Sin embargo, en paralelo a estas virtudes, el riesgo para la salud que supone estar expuesto al polvo que se desprende de su manipulación es mucho más elevado en el caso del Silestone que en el del granito o el mármol debido a la mayor concentración de sílice que presenta este material, tal y como queda reflejado en la ficha de seguridad de este producto que advierte severamente de la peligrosidad de la inhalación del polvo de sílice que puede derivar de los procesos de elaboración, corte, tallado y pulido del material.

Incremento de víctimas

El impulso que durante décadas ha vivido el sector de la construcción en nuestro país y la creciente demanda de Silestone y similares para equipar las cocinas de las incontables viviendas construídas durante el denominado “boom” de la construcción se encuentra detrás del intolerable incremento de los casos de silicosis en España, afectando tanto a empleados de la industria dedicada a la fabricación de aglomerado de cuarzo como a operarios de la construcción que se han encargado de su instalación y manipulado. Y en muchísimas ocasiones, como admiten ya sentencias dictadas en juzgados de toda España, la silicosis de estos profesionales deriva de forma evidente de la falta de medidas de seguridad adoptadas en la manipulación de este nocivo material e, incluso, de la insuficiencia de la información proporcionada por los propios fabricantes respecto a los riesgos que entraña su uso.

Responsabilidad empresarial
La afectación de un trabajador por silicosis derivada de su actividad profesional dará origen a que la patología se considere de origen laboral y, en función del grado y amplitud de la afectación a su capacidad física, a una invalidez en grado de total o absoluta. La determinación de origen laboral otorga el derecho a obtener un incremento en el importe de la prestación correspondiente que, si se determina que la patología fue causada por la falta de adopción o insuficiencia de las medidas de seguridad, deberá abonar la empresa responsable, ya sea la empleadora directa o, incluso, el propio fabricante aunque el afectado no tenga relación laboral con ella si ésta incumplió su deber de información. Además del recargo de prestaciones -es decir, el incremento del importe de la prestación de invalidez del que hablábamos anteriormente- el trabajador afectado también puede exigir una indemnización civil adicional por los daños y perjuicios de toda índole padecidos.

Medidas compensatorias en términos económicos que, sin embargo, en ningún caso pueden ocultar la triste realidad de que una enfermedad tan sobradamente conocida como es la silicosis, de la que tenemos toda la información posible sobre sus agentes causantes y cómo prevenirla, siga cobrándose víctimas entre los trabajadores y trabajadoras del Estado. Nadie puede esgrimir ya desconocimiento respecto a la peligrosidad de materiales como el Silestone y, por tanto, cabe concluir que cualquier nuevo caso de silicosis deriva del desinterés de las empresas por respetar la deuda de seguridad que le une a sus plantillas, resultando plenamente exigible en los tribunales que se reconozca y establezca esta responsabilidad.

Lejos de erradicarse como enfermedad de origen laboral, los casos de silicosis siguen aumentando

En 1941 se dictaba la primera norma que establecía medidas de prevención e indemnización de la silicosis en su condición de enfermedad profesional vinculada a la actividad de aquellas industrias en las que se generaba polvo de origen metálico o mineral que pudiera afectar a los trabajadores expuestos. Con posterioridad, en 1947, una nueva normativa que ampliaba el alcance de la dictada seis años antes y por la cual se creaba el primer seguro de enfermedades profesionales incluía la silicosis en el cuadro de enfermedades profesionales relacionándolo de nuevo con la presencia de polvo de naturaleza mineral -pétreo o metálico-, vegetal o animal en el lugar de trabajo.

La antigüedad de la normativa mencionada permite apreciar que son pocas las enfermedades de origen laboral que sean tan ampliamente conocidas y sobre las cuales se posea una información más precisa respecto a sus causas y consecuencias como sucede con la silicosis, tradicionalmente vinculada con la actividad extractiva en las cuencas mineras, especialmente de carbón. Sin embargo, a pesar de este extenso conocimiento científico y médico al respecto y a la existencia de una institución como es el Instituto Nacional de Silicosis dedicado en exclusiva al estudio, tratamiento y prevención de esta patología, la silicosis sigue presente en el mapa español de siniestralidad laboral y no deja de cobrarse nuevas víctimas.

A la estela del boom de la construcción

Las víctimas más recientes de la silicosis, grave enfermedad pulmonar que en sus formas más dañinas puede resultar mortal, ya no están tan habitualmente ligadas a la minería -una actividad en franca recesión y que cada vez emplea a menos personas- como sucedía en el pasado. Actualmente, el cuadro de enfermedades profesionales en vigor relaciona principalmente la silicosis, por ejemplo, con la fabricación de vidrio, porcelana y diversos productos cerámicos, entre otras muchas actividades susceptibles de comportar la exposición a ambientes pulvígenos insalubres. Sin embargo, la principal causante de nuevos casos de silicosis no es ninguna de estas actividades sino que la mayoría de personas que contraen actualmente la enfermedad lo hacen por haber estado expuestos al polvo derivado de la manipulación, corte e instalación de aglomerado de cuarzo, un material muy conocido bajo diferentes denominaciones comerciales como Compac o, sin duda la más popular, Silestone.

Aunque este material se ha utilizado también como pavimento, su principal utilidad ha sido la confección de materiales empleados en la construcción de baños y cocinas, especialmente encimeras, donde ha acabado sustituyendo de forma prácticamente absoluta al granito que durante mucho tiempo fue el componente más empleado en la construcción de este tipo de elementos debido a su menor coste, facilidad de mantenimiento y mayor durabilidad. Sin embargo, en paralelo a estas virtudes, el riesgo para la salud que supone estar expuesto al polvo que se desprende de su manipulación es mucho más elevado en el caso del Silestone que en el del granito o el mármol debido a la mayor concentración de sílice que presenta este material, tal y como queda reflejado en la ficha de seguridad de este producto que advierte severamente de la peligrosidad de la inhalación del polvo de sílice que puede derivar de los procesos de elaboración, corte, tallado y pulido del material.

Incremento de víctimas

El impulso que durante décadas ha vivido el sector de la construcción en nuestro país y la creciente demanda de Silestone y similares para equipar las cocinas de las incontables viviendas construídas durante el denominado “boom” de la construcción se encuentra detrás del intolerable incremento de los casos de silicosis en España, afectando tanto a empleados de la industria dedicada a la fabricación de aglomerado de cuarzo como a operarios de la construcción que se han encargado de su instalación y manipulado. Y en muchísimas ocasiones, como admiten ya sentencias dictadas en juzgados de toda España, la silicosis de estos profesionales deriva de forma evidente de la falta de medidas de seguridad adoptadas en la manipulación de este nocivo material e, incluso, de la insuficiencia de la información proporcionada por los propios fabricantes respecto a los riesgos que entraña su uso.

Responsabilidad empresarial
La afectación de un trabajador por silicosis derivada de su actividad profesional dará origen a que la patología se considere de origen laboral y, en función del grado y amplitud de la afectación a su capacidad física, a una invalidez en grado de total o absoluta. La determinación de origen laboral otorga el derecho a obtener un incremento en el importe de la prestación correspondiente que, si se determina que la patología fue causada por la falta de adopción o insuficiencia de las medidas de seguridad, deberá abonar la empresa responsable, ya sea la empleadora directa o, incluso, el propio fabricante aunque el afectado no tenga relación laboral con ella si ésta incumplió su deber de información. Además del recargo de prestaciones -es decir, el incremento del importe de la prestación de invalidez del que hablábamos anteriormente- el trabajador afectado también puede exigir una indemnización civil adicional por los daños y perjuicios de toda índole padecidos.

Medidas compensatorias en términos económicos que, sin embargo, en ningún caso pueden ocultar la triste realidad de que una enfermedad tan sobradamente conocida como es la silicosis, de la que tenemos toda la información posible sobre sus agentes causantes y cómo prevenirla, siga cobrándose víctimas entre los trabajadores y trabajadoras del Estado. Nadie puede esgrimir ya desconocimiento respecto a la peligrosidad de materiales como el Silestone y, por tanto, cabe concluir que cualquier nuevo caso de silicosis deriva del desinterés de las empresas por respetar la deuda de seguridad que le une a sus plantillas, resultando plenamente exigible en los tribunales que se reconozca y establezca esta responsabilidad.