Paro nacional vs Huelga

¿De qué hablan los sindicatos mayoritarios cuando convocan un "paro nacional" el día 3?

Mañana, día 3 de octubre de 2017, en Cataluña hay convocada una jornada de huelga general por parte de los sindicatos CGT, Intersindical CSC, IAC, Ustec y COS. Las grandes centrales sindicales CCOO y UGT, sin embargo, se desmarcan de la iniciativa y hablan «de parada de país». ¿Qué significa esto?

A la pregunta de qué es un «paro nacional» la respuesta más acertada seguramente sería decir que es una figura retórica. Es decir, no existe nada en nuestro ordenamiento jurídico llamado «paro nacional» y, por tanto, no existe regulación. Quien mañana no vaya a trabajar, sepa que lo está haciendo ejerciendo su derecho de huelga y en apoyo a la convocatoria de CGT, Intersindical CSC, IAC, Ustec y COS. Por tanto, en el transcurso de la jornada de mañana, sus derechos y deberes estarán regulados por la legislación referente al derecho de huelga, incluyendo el pertinente descuento del día de salario en caso de secundar la convocatoria.
 

Desgraciadamente, el ejercicio retórico de hablar de un «paro nacional» ha llevado a confusión a mucha gente que piensa que no acudiendo mañana a su centro de trabajo no está participando de una huelga y que, de esta forma, no se descontará su salario. Pero esto no es cierto. Sólo en caso de que sea la propia empresa quien decida detener su actividad -varias organizaciones patronales han dado su supuesto apoyo a la iniciativa del paro nacional- podríamos exigir no ver mermado nuestro salario, pues nosotros no estaríamos secundando la huelga sino únicamente imposibilitados de ejercer nuestro derecho a trabajar por la decisión empresarial.
 

Por supuesto, desde Colectivo Ronda celebramos cualquier manifestación de apoyo a una jornada de huelga que consideramos plenamente justificada ante la situación de represión y violencia abominable que ha sufrido el pueblo de Cataluña unida a una permanente degradación de nuestros derechos laborales. Pero tengamos claro: mañana en Cataluña hay HUELGA GENERAL

¿De qué hablan los sindicatos mayoritarios cuando convocan un "paro nacional" el día 3?

A la pregunta de qué es un «paro nacional» la respuesta más acertada seguramente sería decir que es una figura retórica. Es decir, no existe nada en nuestro ordenamiento jurídico llamado «paro nacional» y, por tanto, no existe regulación. Quien mañana no vaya a trabajar, sepa que lo está haciendo ejerciendo su derecho de huelga y en apoyo a la convocatoria de CGT, Intersindical CSC, IAC, Ustec y COS. Por tanto, en el transcurso de la jornada de mañana, sus derechos y deberes estarán regulados por la legislación referente al derecho de huelga, incluyendo el pertinente descuento del día de salario en caso de secundar la convocatoria.
 

Desgraciadamente, el ejercicio retórico de hablar de un «paro nacional» ha llevado a confusión a mucha gente que piensa que no acudiendo mañana a su centro de trabajo no está participando de una huelga y que, de esta forma, no se descontará su salario. Pero esto no es cierto. Sólo en caso de que sea la propia empresa quien decida detener su actividad -varias organizaciones patronales han dado su supuesto apoyo a la iniciativa del paro nacional- podríamos exigir no ver mermado nuestro salario, pues nosotros no estaríamos secundando la huelga sino únicamente imposibilitados de ejercer nuestro derecho a trabajar por la decisión empresarial.
 

Por supuesto, desde Colectivo Ronda celebramos cualquier manifestación de apoyo a una jornada de huelga que consideramos plenamente justificada ante la situación de represión y violencia abominable que ha sufrido el pueblo de Cataluña unida a una permanente degradación de nuestros derechos laborales. Pero tengamos claro: mañana en Cataluña hay HUELGA GENERAL