A juicio la retirada de la prestación por incapacidad permanente de un afectado por VIH


El próximo lunes, 6 de febrero, se celebrará en la Ciudad de la Justicia de BCN el juicio por la demanda interpuesta por C., de 60 años, contra la decisión del INSS de retirarle la prestación por incapacidad permanente que tenía reconocida desde 1996

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Afectaciones pulmonares, lesiones dorsales, deterioro cognitivo con afectación muy importante sobre la memoria, trastorno depresivo y patologías hepáticas, entre otras enfermedades, lesiones y alteraciones que, en conjunto, configuran un cuadro clínico de «limitación funcional permanente y severa» para la actividad laboral y la vida personal, según concluyen diferentes informes médicos. Un cúmulo de afectaciones a la salud derivado en buena medida de la aparición de patologías relacionadas o vinculadas con el VIH que el demandante tiene diagnosticado desde el año 1989 y por el que ha sido sometido a «múltiples tratamientos antirretrovirales» frente a los cuales, desgraciadamente, «ha presentado problemas de toxicidad requiriendo cambios de tratamiento que han contribuido a empeorar su estado general de salud».

Pese a la contundencia de los informes médicos que señalan un «empeoramiento clínico en los últimos años», los facultativos del ICAM y el INSS, mediante resolución del pasado 31 de julio de 2021, han valorado que «el cuadro patológico, en relación con las lesiones que motivaron la declaración de incapacidad permanente, revelan una mejora evidente, lo que supone una recuperación de sus facultades generales y la posibilidad de realizar actividades laborales rentables”.

A criterio de Marta Barrera, abogada de Col·lectiu Ronda que representa a C. en el procedimiento judicial instado contra la decisión de revisar y retirar la prestación por incapacidad permanente en grado de absoluta, la actuación del ICAM y el INSS «resulta injustificable desde un punto de vista clínico» y representa «una verdadera condena a la exclusión social para una persona enferma, a quien se le reconocen dificultades importantes para su vida diaria pero se pretende que pueda realizar una actividad profesional y se le retira su única fuente de ingresos». La abogada, especialista en Seguridad Social, recuerda que el afectado «presenta un cuadro pluripatológico, con enfermedades crónicas que en la mayoría de casos sólo admiten opciones terapéuticas paliativas, pero no curativas» y, por tanto, «resulta inverosímil hablar de mejora del estado general y recuperación de la capacidad laboral ignorando el hecho, científicamente incuestionado, de que el VIH de larga duración provoca un envejecimiento precoz del organismo, con especial incidencia sobre el sistema inmune. La edad biológica de un paciente que ha sufrido VIH durante más de 30 años como es el caso del C. es muy superior a la edad cronológica real”. De todo ello, la letrada concluye que «no existen razones médicas que validen la decisión de considerar que C. ha recuperado la capacidad laboral cuando los informes aportados por los facultativos y centros que le tratan valoran que su estado físico y capacidad cognitiva han empeorado en los últimos años y que presenta limitaciones que impiden cualquier actividad laboral regular. Y todo esto dejando de lado el hecho de que hablamos de una persona de 60 años que no trabaja desde el año 1996».

Las prácticas economicistas del ICAM

Casos como el de C. nos vuelven a situar ante la evidencia de los criterios economicistas que rigen la actividad y el criterio del ICAM a la hora de instar altas médicas (a menudo sin siquiera visitar a la persona), denegar el reconocimiento de situaciones de incapacidad o instar la revisión de las ya reconocidas, como ha sucedido con este enfermo de VIH. Una situación que ha sido denunciada en infinitud de ocasiones por diferentes agentes social y nuestra propia cooperativa y que acabó provocando el nacimiento de la PAICAM, la Plataforma de Afectadas por el ICAM y el INSS, como red de apoyo mutuo frente a la actuación de este ente público dependiendo de la Generalidad, titular de la competencia para ejercer las funciones de revisión y evaluación médica. Precisamente, la PAICAM ha convocado una concentración en apoyo del C. a las puertas de la Ciudad de la Justicia coincidiendo con la celebración de un juicio en el que, según Marta Barrera, «tenemos plena confianza en que se revierta una decisión sin fundamentos jurídicos que aboca una persona a la exclusión y la falta de los recursos más básicos por el simple hecho de sufrir una enfermedad crónica grave»

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Afectaciones pulmonares, lesiones dorsales, deterioro cognitivo con afectación muy importante sobre la memoria, trastorno depresivo y patologías hepáticas, entre otras enfermedades, lesiones y alteraciones que, en conjunto, configuran un cuadro clínico de «limitación funcional permanente y severa» para la actividad laboral y la vida personal, según concluyen diferentes informes médicos. Un cúmulo de afectaciones a la salud derivado en buena medida de la aparición de patologías relacionadas o vinculadas con el VIH que el demandante tiene diagnosticado desde el año 1989 y por el que ha sido sometido a «múltiples tratamientos antirretrovirales» frente a los cuales, desgraciadamente, «ha presentado problemas de toxicidad requiriendo cambios de tratamiento que han contribuido a empeorar su estado general de salud».

Pese a la contundencia de los informes médicos que señalan un «empeoramiento clínico en los últimos años», los facultativos del ICAM y el INSS, mediante resolución del pasado 31 de julio de 2021, han valorado que «el cuadro patológico, en relación con las lesiones que motivaron la declaración de incapacidad permanente, revelan una mejora evidente, lo que supone una recuperación de sus facultades generales y la posibilidad de realizar actividades laborales rentables”.

A criterio de Marta Barrera, abogada de Col·lectiu Ronda que representa a C. en el procedimiento judicial instado contra la decisión de revisar y retirar la prestación por incapacidad permanente en grado de absoluta, la actuación del ICAM y el INSS «resulta injustificable desde un punto de vista clínico» y representa «una verdadera condena a la exclusión social para una persona enferma, a quien se le reconocen dificultades importantes para su vida diaria pero se pretende que pueda realizar una actividad profesional y se le retira su única fuente de ingresos». La abogada, especialista en Seguridad Social, recuerda que el afectado «presenta un cuadro pluripatológico, con enfermedades crónicas que en la mayoría de casos sólo admiten opciones terapéuticas paliativas, pero no curativas» y, por tanto, «resulta inverosímil hablar de mejora del estado general y recuperación de la capacidad laboral ignorando el hecho, científicamente incuestionado, de que el VIH de larga duración provoca un envejecimiento precoz del organismo, con especial incidencia sobre el sistema inmune. La edad biológica de un paciente que ha sufrido VIH durante más de 30 años como es el caso del C. es muy superior a la edad cronológica real”. De todo ello, la letrada concluye que «no existen razones médicas que validen la decisión de considerar que C. ha recuperado la capacidad laboral cuando los informes aportados por los facultativos y centros que le tratan valoran que su estado físico y capacidad cognitiva han empeorado en los últimos años y que presenta limitaciones que impiden cualquier actividad laboral regular. Y todo esto dejando de lado el hecho de que hablamos de una persona de 60 años que no trabaja desde el año 1996».

Las prácticas economicistas del ICAM

Casos como el de C. nos vuelven a situar ante la evidencia de los criterios economicistas que rigen la actividad y el criterio del ICAM a la hora de instar altas médicas (a menudo sin siquiera visitar a la persona), denegar el reconocimiento de situaciones de incapacidad o instar la revisión de las ya reconocidas, como ha sucedido con este enfermo de VIH. Una situación que ha sido denunciada en infinitud de ocasiones por diferentes agentes social y nuestra propia cooperativa y que acabó provocando el nacimiento de la PAICAM, la Plataforma de Afectadas por el ICAM y el INSS, como red de apoyo mutuo frente a la actuación de este ente público dependiendo de la Generalidad, titular de la competencia para ejercer las funciones de revisión y evaluación médica. Precisamente, la PAICAM ha convocado una concentración en apoyo del C. a las puertas de la Ciudad de la Justicia coincidiendo con la celebración de un juicio en el que, según Marta Barrera, «tenemos plena confianza en que se revierta una decisión sin fundamentos jurídicos que aboca una persona a la exclusión y la falta de los recursos más básicos por el simple hecho de sufrir una enfermedad crónica grave»