Tarjetas de crédito revolving: nueva regulación para un producto muy peligroso


El Banco de España ha hecho públicas las nuevas exigencias de transparencia e información que impone a las entidades que comercializan tarjetas revolving, un producto que sólo en España genera operaciones por un valor de más de 86.000 millones de euros

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El próximo día 6 de octubre entrarán en vigor y serán de obligado cumplimiento para las entidades las nuevas disposiciones aprobadas por el Banco de España respecto a la comercialización de las populares tarjetas de crédito revolving. Como ya hemos explicado en alguna ocasión anterior, este producto de crédito que ha sido ofrecido no tan sólo por bancos sino también por las principales cadenas y marcas comerciales, permite realizar pagos al instante y fraccionar en pequeñas cuotas su devolución. Desgraciadamente, la aparente comodidad de estas cuotas muy reducidas combinada con la aplicación de unos elevadísimos intereses suelen tener como consecuencia el crecimiento imparable de la deuda contraída inicialmente, hasta el punto de que la cantidad que acabamos devolviendo es desproporcionadamente elevada o, incluso, acaba convirtiéndose en un crédito imposible de devolver.

Las nuevas medidas concretan y detallan qué información deben proporcionar las entidades a las personas interesadas en este producto en relación a los intereses que se van a aplicar, cuál será la evolución de la deuda atendiendo al importe de las cuotas a abonar, cuánto tardaremos en devolver el crédito y cuál será la cuantía total que acabaremos pagando, incluyendo principal e intereses. Es decir, el Banco de España traslada al ámbito de las tarjetas revolving la obligación genérica que la legislación impone a las entidades en materia de transparencia e información a la hora de comercializar cualquier producto financiero. Una obligación que, siempre merece la pena recordarlo, implica que la contratación de un producto financiero puede ser nula si la información que se nos facilitó a la hora de contratarlo era insuficiente para permitir entender las características y, sobre todo, las consecuencias económicas de la contratación.

Los consumidores necesitan más protección

Las novedades anunciadas por el Banco de España llegan en un momento de gran preocupación por el impacto creciente de estas tarjetas de crédito sobre la economía de cientos de miles de familias. En 2021, las tarjetas revolving fueron, por primera vez, el producto financiero que generó más procedimientos judiciales, superando los casos relacionados con las hipotecas multidivisa que en los últimos años habían sido las grandes protagonistas de la litigiosidad en el ámbito bancario . Y la tendencia no es a la baja. Durante los 6 primeros meses de 2021, se registraron 2755 millones de operaciones relacionadas con tarjetas revolving, un 60% más que en el mismo período del año anterior y por un importe un 41% superior, implicando casi 86.000 millones de euros.

La actuación de los tribunales

Desde que el Tribunal Supremo clarificara cuándo se podía hablar de usura o intereses abusivos en este tipo de crédito, los procedimientos judiciales se han multiplicado, con sentencias favorables a los consumidores en más de un 90% de los casos. Y éste debe ser el camino a seguir por los tribunales para evitar que este producto acabe provocando, como ya está haciéndolo, una enorme crisis de deuda y un escenario de vulneración sistemática y generalizada de los derechos de los usuarios de unas tarjetas que, bajo una apariencia ventajosa, esconden una terrible trampa.

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El próximo día 6 de octubre entrarán en vigor y serán de obligado cumplimiento para las entidades las nuevas disposiciones aprobadas por el Banco de España respecto a la comercialización de las populares tarjetas de crédito revolving. Como ya hemos explicado en alguna ocasión anterior, este producto de crédito que ha sido ofrecido no tan sólo por bancos sino también por las principales cadenas y marcas comerciales, permite realizar pagos al instante y fraccionar en pequeñas cuotas su devolución. Desgraciadamente, la aparente comodidad de estas cuotas muy reducidas combinada con la aplicación de unos elevadísimos intereses suelen tener como consecuencia el crecimiento imparable de la deuda contraída inicialmente, hasta el punto de que la cantidad que acabamos devolviendo es desproporcionadamente elevada o, incluso, acaba convirtiéndose en un crédito imposible de devolver.

Las nuevas medidas concretan y detallan qué información deben proporcionar las entidades a las personas interesadas en este producto en relación a los intereses que se van a aplicar, cuál será la evolución de la deuda atendiendo al importe de las cuotas a abonar, cuánto tardaremos en devolver el crédito y cuál será la cuantía total que acabaremos pagando, incluyendo principal e intereses. Es decir, el Banco de España traslada al ámbito de las tarjetas revolving la obligación genérica que la legislación impone a las entidades en materia de transparencia e información a la hora de comercializar cualquier producto financiero. Una obligación que, siempre merece la pena recordarlo, implica que la contratación de un producto financiero puede ser nula si la información que se nos facilitó a la hora de contratarlo era insuficiente para permitir entender las características y, sobre todo, las consecuencias económicas de la contratación.

Los consumidores necesitan más protección

Las novedades anunciadas por el Banco de España llegan en un momento de gran preocupación por el impacto creciente de estas tarjetas de crédito sobre la economía de cientos de miles de familias. En 2021, las tarjetas revolving fueron, por primera vez, el producto financiero que generó más procedimientos judiciales, superando los casos relacionados con las hipotecas multidivisa que en los últimos años habían sido las grandes protagonistas de la litigiosidad en el ámbito bancario . Y la tendencia no es a la baja. Durante los 6 primeros meses de 2021, se registraron 2755 millones de operaciones relacionadas con tarjetas revolving, un 60% más que en el mismo período del año anterior y por un importe un 41% superior, implicando casi 86.000 millones de euros.

La actuación de los tribunales

Desde que el Tribunal Supremo clarificara cuándo se podía hablar de usura o intereses abusivos en este tipo de crédito, los procedimientos judiciales se han multiplicado, con sentencias favorables a los consumidores en más de un 90% de los casos. Y éste debe ser el camino a seguir por los tribunales para evitar que este producto acabe provocando, como ya está haciéndolo, una enorme crisis de deuda y un escenario de vulneración sistemática y generalizada de los derechos de los usuarios de unas tarjetas que, bajo una apariencia ventajosa, esconden una terrible trampa.