Covid persistente: vivir con la enfermedad y tener que luchar en los tribunales
El 15 de marzo se conmemora el Día Mundial de la Covid Persistente, una patología que en Cataluña sigue afectando, en mayor o menor grado, a cientos de miles de personas, en su mayoría mujeres en edad laboral que a menudo no se encuentran en disposición de mantener la actividad profesional que desarrollaban anteriormente
La pandemia de Covid-19 puede haber quedado atrás en el relato público, pero para cientos de miles de personas la enfermedad no ha desaparecido y sigue siendo una realidad cotidiana. Fatiga extrema, dificultades respiratorias, alteraciones cognitivas o dolor crónico continúan formando parte del día a día de muchas personas afectadas por Covid persistente, una patología que todavía hoy tiene un reconocimiento sanitario y social insuficiente.
En Cataluña, diferentes estimaciones sitúan por encima de 300.000 las personas que conviven con esta enfermedad, que implica la persistencia de los síntomas durante meses o años después de la infección inicial. Un nutrido grupo de afectadas constituido de forma muy mayoritaria por mujeres en edad laboral, lo que acentúa el impacto social y económico de la patología.
Cuando la enfermedad impide continuar trabajando
La persistencia de los síntomas puede comportar limitaciones funcionales importantes que dificultan o impiden mantener la actividad profesional previa al contagio. Para muchas personas, la sintomatología persistente acaba siendo un obstáculo insalvable para seguir desarrollando su vida laboral. La fatiga extrema, las dificultades de concentración o las alteraciones cognitivas pueden resultar incompatibles con profesiones que, por ejemplo, exigen un alto nivel de atención o un rendimiento continuado.
Pero a pesar de esta realidad sólidamente constatada por la comunidad científica, el reconocimiento administrativo de la capacidad invalidante de la Covid persistente sigue siendo muy limitado. En numerosos casos, el Instituto Nacional de la Seguridad Social rechaza la concesión de una incapacidad permanente, obligando a las personas afectadas a recurrir a la vía judicial para ver reconocidos sus derechos. Una situación que incluso encontramos en aquellos casos en que tanto la legislación vigente anterior a la pandemia como la normativa excepcional dictada a raíz de la crisis sanitaria reconocían al contagio por COVID, y por tanto también a las consecuencias posteriores de este contagio, la consideración de enfermedad de origen profesional. De hecho, se calcula que menos del 3% de las afectadas han obtenido reconocimiento por las graves limitaciones laborales asociadas al síndrome de Covid persistente.
Los tribunales empiezan a reconocer la capacidad invalidante de la Covid persistente
En este contexto de falta de reconocimiento administrativo, los tribunales han comenzado a abrir camino al señalar la Covid persistente y la sintomatología asociada —en total, se han documentado más de 200 síntomas— como causa de incapacidad laboral.
Así, por ejemplo, en agosto de 2024, Col·lectiu Ronda consiguió dos sentencias dictadas por distintos juzgados de Barcelona de forma casi simultánea que rectificaban el criterio restrictivo del INSS y reconocían la incapacidad permanente de dos trabajadoras afectadas por Covid persistente tras constatar que la sintomatología prolongada en el tiempo hacía imposible mantener la actividad profesional habitual. En ambos casos, las sentencias recordaban que «es suficiente una previsión seria de irreversibilidad [de los efectos de la patología] para fijar el concepto de incapacidad permanente» y que la existencia de una posibilidad fundamentada de recuperación no debe ser impedimento para apreciar la situación de incapacidad permanente «si esta posibilidad se estima clínicamente como incierta o a largo plazo», poniendo en entredicho la posibilidad de que las trabajadoras pudieran desarrollar su actividad laboral con la mínima eficacia exigible.
Este tipo de resoluciones son especialmente relevantes porque contribuyen a visibilizar la gravedad de una patología que a menudo ha sido minusvalorada en el ámbito administrativo.
El reconocimiento del origen profesional de la Covid
Además de la cuestión esencial de reconocer la pérdida de capacidad laboral, otro aspecto de máxima relevancia en el que los tribunales han tenido que intervenir para corregir resoluciones previas del INSS es, como señalábamos anteriormente, el relativo al reconocimiento del origen profesional de la infección en determinados colectivos.
Una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña dictada a instancias de Col·lectiu Ronda en septiembre de 2022 ya estableció que la Covid-19 debe considerarse enfermedad profesional para todo el personal sanitario y sociosanitario, corrigiendo así el criterio restrictivo y contrario a la normativa vigente de la Administración, dado que —tal y como defendimos en ese procedimiento— el contagio por Covid-19 era, desde antes de la pandemia, una de las patologías laborales incorporadas al Cuadro de Enfermedades Profesionales como riesgo específico para las personas que trabajan en centros sanitarios y sociosanitarios, incluidos geriátricos y residencias de personas mayores.
En otra resolución, también impulsada por Col·lectiu Ronda, los tribunales reconocieron igualmente el origen profesional en el caso de una trabajadora del sector de la limpieza, un colectivo especialmente expuesto durante la pandemia y a menudo invisibilizado, a pesar de haber sido designado como personal esencial durante ese periodo.
La importancia y trascendencia de estas resoluciones debe entenderse desde la perspectiva de valorar las importantes consecuencias económicas que tiene que una baja médica —pero también una pensión por incapacidad permanente o una prestación— se considere derivada de contingencia profesional (causada por el trabajo) o común (sin vinculación con la actividad laboral). La calificación de la enfermedad como profesional comporta un grado de protección más elevado para las personas afectadas y abre la puerta a reclamar indemnizaciones adicionales cuando ha existido responsabilidad empresarial en el origen de la patología por incumplimiento de la normativa de protección y vigilancia de la salud en el trabajo.
Una problemática todavía lejos de resolverse
A pesar de estos avances judiciales, el reconocimiento administrativo de la Covid persistente como causa de incapacidad continúa siendo escaso y desigual.
Las entidades de personas afectadas denuncian también la falta de recursos sanitarios y la insuficiente atención asistencial que reciben muchas personas con esta patología. Sin un diagnóstico claro ni protocolos asistenciales homogéneos, muchas afectadas tienen dificultades para acreditar clínicamente la gravedad de sus limitaciones funcionales.
Por ello, la celebración del Día Internacional de la Covid Persistente, el 15 de marzo, debe ser una nueva ocasión para reclamar más recursos destinados a la investigación, una mejor asistencia y, de una vez por todas, un reconocimiento efectivo del impacto laboral y social de esta enfermedad por parte de la Administración, que deje de obligar a las afectadas a recurrir a la vía judicial como único camino para obtener reconocimiento y acceder a los derechos que les corresponden.