Seguros de prima única. Por qué pueden ser abusivos?
Los seguros de vida de prima única, a menudo vinculados a hipotecas, pueden resultar abusivos por su elevado coste y la falta de transparencia del clausulado. La legislación vigente garantiza el derecho a escoger libremente nuestros seguros, y numerosas sentencias reconocen el derecho a reclamar y recuperar las primas no consumidas.
Es habitual que las entidades bancarias ofrezcan a sus clientes un amplio catálogo de seguros y, en algunos casos, lleguen a exigir la contratación de alguna de estas pólizas para acceder al resto de productos financieros. Esto es muy frecuente, por ejemplo, en el caso de los préstamos hipotecarios, muchos de ellos vinculados a la contratación de un seguro de vida de prima única para hacer frente a cualquier eventualidad. Pero lo que a priori podría considerarse un producto que aporta seguridad, en la práctica puede acabar resultando abusivo, tanto por su elevado precio como por la falta de transparencia de algunas de sus cláusulas.
¿Cómo funcionan estos seguros?
Este tipo de pólizas se presentan como una garantía: si el deudor fallece o sufre una invalidez, el seguro cubre el capital pendiente de devolver. A diferencia de los seguros de prima periódica, el coste total de los de prima única se abona al inicio de la operación y, en muchos casos, se incluye en el importe del préstamo, lo que incrementa el capital solicitado y, en consecuencia, también el importe de los intereses a abonar. Esta es, por tanto, una de las cuestiones que hacen más recomendable la contratación de un seguro de vida temporal renovable: cada año se paga por aquello que se necesita asegurar, ya que las circunstancias personales pueden cambiar y permiten modificar el capital o adaptarlo a necesidades específicas.
Hasta el año 2019, este tipo de seguros se comercializaban sin control, dado que no existía una normativa reguladora, lo que ha permitido a los bancos beneficiarse de su imposición con precios entre un 60 % y un 300 % más caros que otras opciones de mercado y, al mismo tiempo, generando intereses adicionales innecesarios como consecuencia de incluir el importe de la prima dentro del préstamo.
Intereses excesivos, precios desorbitados y falta de transparencia
Afortunadamente, a partir de 2019 se estableció una regulación según la cual un banco no puede negar la concesión de una hipoteca si nos negamos a vincularla a un seguro ofrecido por el propio banco: tenemos derecho a escoger el que más nos convenga en un mercado libre. Esto, en muchos casos, permite obtener mejores condiciones, evitando que aumenten los intereses o pagar precios excesivos, por encima de lo que se podría encontrar en el mercado. Aun así, las estadísticas indican que un 40 % de los seguros asociados a hipotecas siguen siendo de prima única.
Pero, como decíamos, numerosas sentencias ya han establecido que muchos de estos seguros de prima única pueden ser abusivos, principalmente por dos motivos:
- Precio: como ya hemos señalado, son notablemente más caros que los seguros de vida anuales renovables, que permiten adaptar el capital asegurado a cada momento. Además, el hecho de incorporar el coste de la prima al capital prestado incrementa tanto el cálculo de los intereses como el importe a devolver.
- Falta de transparencia: no informar de forma suficiente sobre las condiciones de contratación y el coste real, ni sobre la posibilidad de acceder a otras alternativas en el mercado libre.
Recuperar el dinero
La buena noticia es que tenemos derecho a reclamar. Tanto por vía extrajudicial como judicial, se está reconociendo el carácter abusivo de estas cláusulas y el derecho del consumidor a recuperar las primas no consumidas (aquellas que el cliente ha abonado y que no ha llegado a disfrutar). Extrajudicialmente, la Dirección General de Seguros ha emitido informes favorables en este sentido y puede presentarse una reclamación exigiendo la devolución de estas primas no consumidas del seguro. Judicialmente, también existen numerosas sentencias favorables a la devolución de aquella parte del dinero no consumida.
En Col·lectiu Ronda, nuestro equipo de expertos en derecho bancario puede ayudarte en este proceso de reclamación. Puedes contactarnos en consultesjuridic@cronda.coop.