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Hipotecas multidivisa. Exige la nulidad y recupera tu dinero

Las hipotecas multidivisa afectan en la actualidad a más de 300.000 familias. La mayoría de estas hipotecas se comercializaron entre los años 2004 y 2008, cuando el Euribor se situaba por encima del 4%. La posibilidad de contratar una hipoteca en yenes, francos suizos y otras monedas extranjeras se presentó como una opción ventajosa pero la realidad es que se trataba de una auténtica trampa, tal y como han reconocido reiteradamente los tribunales.

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La falta de claridad, precisión y transparencia en la información suministrada por las entidades sobre los riesgos del producto son causa suficiente para exigir la nulidad de estas hipotecas, como reconocen numerosas sentencias conseguidas por Colectivo Ronda.

¿Qué es una hipoteca multidivisa?

Se trata de un préstamo destinado a la compra de una vivienda concedido en una moneda diferente al euro y que utiliza un índice de referencia extranjero para el cálculo de los intereses. Si el valor de la moneda en cuestión (habitualmente, yenes japoneses o francos suizos) es inferior al del Euro y el índice se mantiene bajo, el préstamo hipotecario puede ser más barato que uno contratado en euros y referenciado, por ejemplo, al Euribor. En caso contrario, la hipoteca puede encarecerse de forma exponencial.

¿Por qué son perjudiciales?

El encarecimiento de las hipotecas multidivisa no deriva únicamente de la posible alteración del valor de la moneda en la que haya sido contratada. La fluctuación de la divisa, además de afectar al cálculo de la cuota mensual, se aplica al importe del valor total del préstamo, obligando a un recálculo constante de la cantidad adeuda y, por tanto, también al de los intereses generados. De este modo, es posible que incluso manteniéndonos en todo momento al corriente de pago, transcurrido un tiempo desde la concesión del préstamo debamos más dinero del que nos fue inicialmente concedido.

Además, estas hipotecas acostumbran a incluir una cláusula claramente abusiva que permite al banco reclamar la totalidad de la deuda y dar por vencido el préstamo en caso que el euro se devalúe por encima de ciertos límites respecto al valor de la moneda contratada.

Evidentemente, nada que ver con el producto ventajoso y seguro que los bancos presentaron a sus clientes, ocultando los grandes riesgos que comportaba la contratación de una hipoteca en monea extranjera y la posibilidad de afrontar un constante encarecimiento de sus pagos.

¿Qué piensan los tribunales?

De forma mayoritaria, los tribunales españoles siguen el criterio que estableció inicialmente el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo respecto a la falta de transparencia y la abusividad de estas hipotecas. Numerosas sentencias han condenado a las entidades por no informar con suficiente claridad y precisión respecto a los riesgos inherentes a este tipo de productos y, muy especialmente, a la posibilidad de que se incrementase el principal del préstamo a devolver en caso de fluctuación del valor de la divisa y cómo este incremento afecta al cálculo de intereses y a la amortización.

En nuestro despacho hemos obtenido un gran número de sentencias favorables a los clientes que se han visto perjudicados por unas hipotecas que las entidades ofrecieron con la promesa de rebajar los costes pero que, en realidad, han encarecido de forma más que notable sus préstamos hipotecarios sin justificación alguna.
En estos enlaces podéis acceder a algunas de las sentencias más recientes conseguidas por Colectivo Ronda en materia de hipotecas multidivisa

¿Es posible conseguir la devolución del dinero pagado de más?

Sí, es posible conseguirlo. En caso que los tribunales aprecien irregularidades en nuestra hipoteca multidivisa, como acostumbra a suceder, o se considere que la información que nos fue proporcionada era insuficiente, se establece la nulidad parcial del préstamo. Ello comporta:

  1. Se transforma la hipoteca multidivisa en un préstamo concedido en Euros y referenciado al Euribor.
  2. Se recalculan las cuotas como si la hipoteca siempre hubiera sido concedida en Euros y se retorna al cliente lo pagado de más o se descuenta del importe a devolver, tanto en intereses como capital

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