Caída en la calle o en una instalación municipal: ¿se puede reclamar una indemnización?


Es importante saber que si un ciudadano se cae en la calle o en una instalación municipal como podría ser un gimnasio, un mercado, un teatro, etc. tiene derecho a ser indemnizado por la Administración Pública por todas las lesiones que sufra, excepto en aquellos casos fortuitos, siempre que la lesión sea consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos.

Desde este punto de vista, daremos las pautas a seguir para reclamar una posible indemnización por los daños y perjuicios sufridos que sean responsabilidad de la Administración.Porque la reclamación pueda prosperar, el más importante es demostrar el nexo de causalidad entre los hechos y los daños sufridos, es decir, acreditar que los daños y/o perjuicios que hemos sufrido son consecuencia de una actuación de la Administración, por acción u omisión, ya sea porque ha realizado una actuación que nos ha provocado el daño (por ejemplo, se han señalizado algunos elementos de la vía pública con una pintura que resbala) o por omisión, tal como sería el caso que no se hubiera arreglado una acera que está en mal estado desde hace tiempo.Para poder reclamar necesitaremos el máximo de documentación posible. Por lo tanto, tendremos que recaudar información sobre los hechos, datos personales de los testigos, fotografías, etc. Siempre puede resultar de ayuda reclamar la presencia de la policía o, en casos de gravedad, de una ambulancia porque levanten acta de los hechos y de los testigos presentes. Por otro lado, a pesar de no tener lesiones aparentes, es recomendable acudir al médico. Se tiene que tener en cuenta que muchas lesiones no surgen hasta pasado un tiempo desde el momento en que se produjo el accidente. Tenemos que guardar los informes médicos para poder reclamar.Hay que saber que el daño tiene que ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado y que se tiene un plazo de un año para reclamar desde que se produjo el hecho. En el caso de daños de carácter físico o psíquico, el plazo del año se inicia a partir la curación o la determinación del alcance de las secuelas.

caiguda - blog de danys

Desde este punto de vista, daremos las pautas a seguir para reclamar una posible indemnización por los daños y perjuicios sufridos que sean responsabilidad de la Administración.Porque la reclamación pueda prosperar, el más importante es demostrar el nexo de causalidad entre los hechos y los daños sufridos, es decir, acreditar que los daños y/o perjuicios que hemos sufrido son consecuencia de una actuación de la Administración, por acción u omisión, ya sea porque ha realizado una actuación que nos ha provocado el daño (por ejemplo, se han señalizado algunos elementos de la vía pública con una pintura que resbala) o por omisión, tal como sería el caso que no se hubiera arreglado una acera que está en mal estado desde hace tiempo.Para poder reclamar necesitaremos el máximo de documentación posible. Por lo tanto, tendremos que recaudar información sobre los hechos, datos personales de los testigos, fotografías, etc. Siempre puede resultar de ayuda reclamar la presencia de la policía o, en casos de gravedad, de una ambulancia porque levanten acta de los hechos y de los testigos presentes. Por otro lado, a pesar de no tener lesiones aparentes, es recomendable acudir al médico. Se tiene que tener en cuenta que muchas lesiones no surgen hasta pasado un tiempo desde el momento en que se produjo el accidente. Tenemos que guardar los informes médicos para poder reclamar.Hay que saber que el daño tiene que ser efectivo, evaluable económicamente e individualizado y que se tiene un plazo de un año para reclamar desde que se produjo el hecho. En el caso de daños de carácter físico o psíquico, el plazo del año se inicia a partir la curación o la determinación del alcance de las secuelas.