Amianto en Honeywell

El TS ratifica la condena contra la empresa Honeywell (El Prat de Llobregat)

El Alto Tribunal ha desestimado el recurso interpuesto por la empresa Honeywell Fricción (antigua jurídico Ibérica y actual Federal Mogul) contra la sentencia del TSJC que la condenaba a abonar el recargo impuesto a la pensión de viudedad de la mujer de un ex-trabajador muerto por asbestosis como consecuencia de la exposición al amianto.

Con anterioridad al año 1952 y hasta la prohibición de utilización del asbesto en todo el territorio de la UE, el amianto estuvo presente diariamente en los procesos industriales que se desarrollaban en la antigua Honeywell, actual Federal Mogul, tanto en la fábrica de El Prat de Llobregat como, con posterioridad, en la Zona Franca de Barcelona. Durante todo este tiempo, miles de trabajadores pasaron por estos importantes centros de trabajo y estuvieron expuestos a las mortales fibras de amianto sin que la empresa adoptara las pertinentes medidas de seguridad y prevención para proteger la salud de sus empleados.

Así lo considera probado el Tribunal Supremo atendiendo a un primer informe del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) del año 1977 donde se denunciaba que en la fábrica de El Prat se superaba la concentración máxima permitida de polvo de amianto y se acumulaban todo tipo de incumplimientos de la normativa de salud laboral en vigor, incluyendo la ausencia de equipos individuales de protección y de las preceptivas dobles taquillas y graves carencias en los sistemas de ventilación y extracción.

Cinco años después, en 1982, el mismo organismo constataba que estas irregularidades solo se habían subsanado de forma muy parcial y se seguía superando gravemente la concentración máxima permitida de polvo de amianto, poniendo en evidente riesgo la salud de las personas que trabajaban.

De nuevo, en 1984, el INHST denunciaba que seguían sin satisfacerse las peticiones trasladadas a la empresa en el primer informe y permanecían sin solucionarse las deficiencias de los sistemas de ventilación localizada y general así como otros incumplimientos tales como falta de formación a los trabajadores de la fábrica respecto al riesgo que supone la exposición al amianto.

No fue hasta septiembre de ese mismo año, con el traslado de la fábrica desde la localidad de El Prat de Llobregat a la Zona Franca, cuando Honeywell encargó a una empresa externa la realización del control ambiental de las fibras de amianto y adoptó medidas destinadas a minimizar el riesgo que supone la presencia de este material para la salud humana.

Imposición de un recargo a la prestación

El Tribunal Supremo ha dictado la última de las resoluciones judiciales que corrobora este extenso historial de incumplimientos de la normativa de protección de la salud de los trabajadores expuestos al amianto. En su auto, el Alto Tribunal confirma plenamente la sentencia dictada anteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que condenaba Honeywell Fricción a abonar el recargo del 50% sobre la prestación de viudedad que percibe la mujer de un ex trabajador muerto en 2011 después de que a la edad de 84 años se le reconociera la situación de incapacidad permanente en grado de absoluta como consecuencia de una asbestosis de origen profesional. El Supremo, por tanto, desestima el recurso interpuesto por la empresa donde, entre otras cuestiones que el TS no ha apreciado, se argumentaba que no había normativa de aplicación en materia de control del riesgo por exposición al amianto con anterioridad a 1984.

Para Alex Tisminetzky, abogado del Colectivo Ronda que ha representado a la viuda, «Honeywell sitúa El Prat en primera línea del drama del amianto en Cataluña, junto a localidades tristemente marcadas por el asbesto como son Cerdanyola y Castelldefels ». Para el abogado «el hecho de que en sólo dos años se hayan dictado 7 sentencias firmes que condenan la empresa demuestra que cientos de personas han estado expuestas a un gran riesgo del que ahora apenas se empiezan a manifestar las primeras consecuencias, dados los largos periodos de latencia de las enfermedades relacionadas con el amianto. Y, de nuevo, como ya hemos visto con la Uralita o la Rocalla, nos enfrentamos a la situación de tener que ir a juicio para lograr que se reconozca lo obvio: la responsabilidad de la empresa sobre las muertes producidas por el amianto que afectan a ex-trabajadores de Honeywell y sus familias »

Asociación afectados

Precisamente, estas muertes y patologías que afectan a trabajadores y familiares de Honeywell fueron el primer impulso para la creación de la Asociación de Víctimas Afectadas por el Amianto de Cataluña, entidad con sede en El Prat de Llobregat que se ha convertido una de las plataformas más reivindicativas y activas en defensa de los derechos de las personas afectadas por el asbesto.

El TS ratifica la condena contra la empresa Honeywell (El Prat de Llobregat)

Imatge històrica de les antigues instal·lacions de Jurid Ibérica

Con anterioridad al año 1952 y hasta la prohibición de utilización del asbesto en todo el territorio de la UE, el amianto estuvo presente diariamente en los procesos industriales que se desarrollaban en la antigua Honeywell, actual Federal Mogul, tanto en la fábrica de El Prat de Llobregat como, con posterioridad, en la Zona Franca de Barcelona. Durante todo este tiempo, miles de trabajadores pasaron por estos importantes centros de trabajo y estuvieron expuestos a las mortales fibras de amianto sin que la empresa adoptara las pertinentes medidas de seguridad y prevención para proteger la salud de sus empleados.

Así lo considera probado el Tribunal Supremo atendiendo a un primer informe del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo (INSHT) del año 1977 donde se denunciaba que en la fábrica de El Prat se superaba la concentración máxima permitida de polvo de amianto y se acumulaban todo tipo de incumplimientos de la normativa de salud laboral en vigor, incluyendo la ausencia de equipos individuales de protección y de las preceptivas dobles taquillas y graves carencias en los sistemas de ventilación y extracción.

Cinco años después, en 1982, el mismo organismo constataba que estas irregularidades solo se habían subsanado de forma muy parcial y se seguía superando gravemente la concentración máxima permitida de polvo de amianto, poniendo en evidente riesgo la salud de las personas que trabajaban.

De nuevo, en 1984, el INHST denunciaba que seguían sin satisfacerse las peticiones trasladadas a la empresa en el primer informe y permanecían sin solucionarse las deficiencias de los sistemas de ventilación localizada y general así como otros incumplimientos tales como falta de formación a los trabajadores de la fábrica respecto al riesgo que supone la exposición al amianto.

No fue hasta septiembre de ese mismo año, con el traslado de la fábrica desde la localidad de El Prat de Llobregat a la Zona Franca, cuando Honeywell encargó a una empresa externa la realización del control ambiental de las fibras de amianto y adoptó medidas destinadas a minimizar el riesgo que supone la presencia de este material para la salud humana.

Imposición de un recargo a la prestación

El Tribunal Supremo ha dictado la última de las resoluciones judiciales que corrobora este extenso historial de incumplimientos de la normativa de protección de la salud de los trabajadores expuestos al amianto. En su auto, el Alto Tribunal confirma plenamente la sentencia dictada anteriormente por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que condenaba Honeywell Fricción a abonar el recargo del 50% sobre la prestación de viudedad que percibe la mujer de un ex trabajador muerto en 2011 después de que a la edad de 84 años se le reconociera la situación de incapacidad permanente en grado de absoluta como consecuencia de una asbestosis de origen profesional. El Supremo, por tanto, desestima el recurso interpuesto por la empresa donde, entre otras cuestiones que el TS no ha apreciado, se argumentaba que no había normativa de aplicación en materia de control del riesgo por exposición al amianto con anterioridad a 1984.

Para Alex Tisminetzky, abogado del Colectivo Ronda que ha representado a la viuda, «Honeywell sitúa El Prat en primera línea del drama del amianto en Cataluña, junto a localidades tristemente marcadas por el asbesto como son Cerdanyola y Castelldefels ». Para el abogado «el hecho de que en sólo dos años se hayan dictado 7 sentencias firmes que condenan la empresa demuestra que cientos de personas han estado expuestas a un gran riesgo del que ahora apenas se empiezan a manifestar las primeras consecuencias, dados los largos periodos de latencia de las enfermedades relacionadas con el amianto. Y, de nuevo, como ya hemos visto con la Uralita o la Rocalla, nos enfrentamos a la situación de tener que ir a juicio para lograr que se reconozca lo obvio: la responsabilidad de la empresa sobre las muertes producidas por el amianto que afectan a ex-trabajadores de Honeywell y sus familias »

Asociación afectados

Precisamente, estas muertes y patologías que afectan a trabajadores y familiares de Honeywell fueron el primer impulso para la creación de la Asociación de Víctimas Afectadas por el Amianto de Cataluña, entidad con sede en El Prat de Llobregat que se ha convertido una de las plataformas más reivindicativas y activas en defensa de los derechos de las personas afectadas por el asbesto.