CX propiedad: se confirman las pérdidas

Los afectados por el fondo CX Propiedad de Catalunya Banc pierden el 64% de su inversión

Numerosas sentencias judiciales, incluida una contundente resolución de la Audiencia Provincial de Barcelona, ​​han condenado a la entidad a devolver el dinero a inversores afectados al constatar que la información proporcionada a los clientes era manifiestamente insuficiente

Durante casi cinco años, 3.336 clientes de Catalunya Banc, actualmente integrada en BBVA, han tenido vetado el acceso al dinero depositado en un fondo de inversión denominado CX-Propiedad FII dedicado a la compra y arrendamiento de inmuebles en tanto se desarrollaba el proceso de liquidación ordenada del patrimonio inmobiliario del propio fondo como consecuencia de la decisión de la entidad de disolverlo definitivamente.

 
 Al perjuicio causado por esta situación análoga a la de un verdadero corralito, sin posibilidad de acceder ni recuperar el dinero depositado en el fondo, los más de 3000 clientes afectados deben sumar ahora la confirmación de unas pérdidas equivalentes al 64% del valor inicial de su inversión, según ha comunicado el BBVA tras anunciar que da por finalizado el proceso de liquidación del fondo. Durante estos años, la entidad ha logrado hacer líquido por un valor de más de 51 millones de euros un patrimonio inmobiliario que, en el momento de iniciarse la disolución en septiembre de 2013, estaba valorado en 95,6 millones de euros, casi un 54% más del dinero obtenido finalmente.

Un producto supuestamente sin riesgo

Los damnificados por el fondo CX Propiedad FII adquirieron participaciones de este instrumento de inversión colectiva siguiendo casi siempre el consejo de los empleados de la entidad, que lo ofrecieron a sus clientes como una opción conservadora y de bajo riesgo, tal y como quedó reflejado en el folleto registrado ante la CNMV y en el propio folleto comercial, donde se definía este fondo como adecuado para personas que demandaban productos «prudentes» y con un «perfil de riesgo medio-bajo». La realidad, sin embargo, ha sido radicalmente diferente para este colectivo de afectados y afectadas. Así lo han ido constatando numerosas sentencias judiciales, incluida una resolución firme de la Audiencia provincial de Barcelona, ​​en respuesta a las demandas interpuestas por clientes de la entidad. De forma absolutamente mayoritaria, la judicatura ha considerado que la información proporcionada a los clientes afectados en el momento de formalizar la suscripción de sus participaciones fue manifiestamente insuficiente para ponderar adecuadamente la posibilidad de sufrir unas pérdidas en el valor de la inversión que, desgraciadamente, han acabado materializándose.

Oscar Serrano, abogado de Colectivo Ronda que interpuso las primeras demandas presentadas en Cataluña en representación de afectados por el fondo CX Propiedad FII considera que el contenido de las sentencias obtenidas certifica, una vez más, el enorme grado de desprotección que han sufrido los consumidores de productos financieros en España. «La inmensa mayoría de las personas que han visitado nuestro despacho después de pasar años sin poder acceder a su dinero lo han hecho en situación de verdadero shock, pues nunca tuvieron ni la sensación ni la intención de hacer una operación vinculada al ámbito de la especulación financiera sino simplemente la voluntad de depositar su dinero en un producto que les explicaron que era completamente seguro y les ofrecía algo más de rendimiento que tenerlo en una cuenta corriente », explica el abogado. «Seguramente, la mayoría de ellos no hubieran optado nunca por este producto de haber sabido que el valor de la inversión no estaba garantizado sino que dependía de las fluctuaciones del mercado o que existía la posibilidad de que la entidad decidiera unilateralmente disolver el fondo por la exclusiva razón de que no obtenía tanto dinero como quería. Y ni una cosa ni la otra se explicó a los clientes. Se incumplió de forma evidente el deber de diligencia y transparencia que la legislación impone a los banco en su trato con clientes minoristas».

Demandas por daños y perjuicios

 
 «La definitiva liquidación del patrimonio y la consumación de las pérdidas que BBVA está notificando por carta a sus clientes no agota en absoluto las posibilidades que éstos tienen de exigir sus derechos -explica Oscar Serrano- Seguiremos interponiendo demandas en representación de los afectados en concepto de daños y perjuicios, tanto por las pérdidas sufridas y nunca alertadas como por el hecho de haber estado durante casi cinco años con su dinero retenido, incluyendo casos de personas que durante este tiempo han vivido episodios de necesidad. No puede ser que alguien suscriba un producto que se le presenta interesadamente como un instrumento de ahorro y acabe viendo cómodesaparece bastante más de la mitad de su dinero. La regulación del sistema otorga un especial grado de protección a los clientes a la hora de suscribir productos financieros y las entidades no pueden incumplir impunemente con la obligación de velar por los intereses de sus clientes y ofrecer siempre información clara y suficiente sobre las características y riesgos de los productos que ofrecen».

Los afectados por el fondo CX Propiedad de Catalunya Banc pierden el 64% de su inversión

Durante casi cinco años, 3.336 clientes de Catalunya Banc, actualmente integrada en BBVA, han tenido vetado el acceso al dinero depositado en un fondo de inversión denominado CX-Propiedad FII dedicado a la compra y arrendamiento de inmuebles en tanto se desarrollaba el proceso de liquidación ordenada del patrimonio inmobiliario del propio fondo como consecuencia de la decisión de la entidad de disolverlo definitivamente.

 
 Al perjuicio causado por esta situación análoga a la de un verdadero corralito, sin posibilidad de acceder ni recuperar el dinero depositado en el fondo, los más de 3000 clientes afectados deben sumar ahora la confirmación de unas pérdidas equivalentes al 64% del valor inicial de su inversión, según ha comunicado el BBVA tras anunciar que da por finalizado el proceso de liquidación del fondo. Durante estos años, la entidad ha logrado hacer líquido por un valor de más de 51 millones de euros un patrimonio inmobiliario que, en el momento de iniciarse la disolución en septiembre de 2013, estaba valorado en 95,6 millones de euros, casi un 54% más del dinero obtenido finalmente.

Un producto supuestamente sin riesgo

Los damnificados por el fondo CX Propiedad FII adquirieron participaciones de este instrumento de inversión colectiva siguiendo casi siempre el consejo de los empleados de la entidad, que lo ofrecieron a sus clientes como una opción conservadora y de bajo riesgo, tal y como quedó reflejado en el folleto registrado ante la CNMV y en el propio folleto comercial, donde se definía este fondo como adecuado para personas que demandaban productos «prudentes» y con un «perfil de riesgo medio-bajo». La realidad, sin embargo, ha sido radicalmente diferente para este colectivo de afectados y afectadas. Así lo han ido constatando numerosas sentencias judiciales, incluida una resolución firme de la Audiencia provincial de Barcelona, ​​en respuesta a las demandas interpuestas por clientes de la entidad. De forma absolutamente mayoritaria, la judicatura ha considerado que la información proporcionada a los clientes afectados en el momento de formalizar la suscripción de sus participaciones fue manifiestamente insuficiente para ponderar adecuadamente la posibilidad de sufrir unas pérdidas en el valor de la inversión que, desgraciadamente, han acabado materializándose.

Oscar Serrano, abogado de Colectivo Ronda que interpuso las primeras demandas presentadas en Cataluña en representación de afectados por el fondo CX Propiedad FII considera que el contenido de las sentencias obtenidas certifica, una vez más, el enorme grado de desprotección que han sufrido los consumidores de productos financieros en España. «La inmensa mayoría de las personas que han visitado nuestro despacho después de pasar años sin poder acceder a su dinero lo han hecho en situación de verdadero shock, pues nunca tuvieron ni la sensación ni la intención de hacer una operación vinculada al ámbito de la especulación financiera sino simplemente la voluntad de depositar su dinero en un producto que les explicaron que era completamente seguro y les ofrecía algo más de rendimiento que tenerlo en una cuenta corriente », explica el abogado. «Seguramente, la mayoría de ellos no hubieran optado nunca por este producto de haber sabido que el valor de la inversión no estaba garantizado sino que dependía de las fluctuaciones del mercado o que existía la posibilidad de que la entidad decidiera unilateralmente disolver el fondo por la exclusiva razón de que no obtenía tanto dinero como quería. Y ni una cosa ni la otra se explicó a los clientes. Se incumplió de forma evidente el deber de diligencia y transparencia que la legislación impone a los banco en su trato con clientes minoristas».

Demandas por daños y perjuicios

 
 «La definitiva liquidación del patrimonio y la consumación de las pérdidas que BBVA está notificando por carta a sus clientes no agota en absoluto las posibilidades que éstos tienen de exigir sus derechos -explica Oscar Serrano- Seguiremos interponiendo demandas en representación de los afectados en concepto de daños y perjuicios, tanto por las pérdidas sufridas y nunca alertadas como por el hecho de haber estado durante casi cinco años con su dinero retenido, incluyendo casos de personas que durante este tiempo han vivido episodios de necesidad. No puede ser que alguien suscriba un producto que se le presenta interesadamente como un instrumento de ahorro y acabe viendo cómodesaparece bastante más de la mitad de su dinero. La regulación del sistema otorga un especial grado de protección a los clientes a la hora de suscribir productos financieros y las entidades no pueden incumplir impunemente con la obligación de velar por los intereses de sus clientes y ofrecer siempre información clara y suficiente sobre las características y riesgos de los productos que ofrecen».