Sin recursos técnicos y humanso

El Juzgado especializado en cláusulas abusivas de la hipoteca de BCN deja de señalar nuevos juicios

El Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona, ​en el que se centralizan ​las reclamaciones por cláusulas abusivas de la hipoteca en la provincia de Barcelona, ​​ha dejado de señalar fecha para la celebración de nuevos juicios «a la espera -según consta en una diligencia de ordenación dirigida a nuestro despacho- que se afronten medidas de refuerzo para este Juzgado»

.................................................

Los afectados por la presencia de cláusulas abusivas en las escrituras de sus préstamos hipotecarios de la provincia de Barcelona que vean aceptadas a trámite sus demandas no pueden saber en estos momentos cuando se celebrará su juicio, aunque pueden tener la certeza de que en ningún caso será antes de transcurrido al menos un año. El Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona, ​​uno de los 54 en todo el Estado especializados en resolver litigios relacionados con abusos bancarios en el ámbito hipotecario, ha dejado de señalar nuevas fechas de juicio siguiendo las instrucciones del magistrado titular del Juzgado, que indicó que no se asignarían nuevas en tanto no hubiera la posibilidad de hacerlo dentro del plazo de un año y mientras no «se afronten medidas de refuerzo para este juzgado», según se puede leer en el acuerdo gubernativo trasladado por el juez a los funcionarios asignados.

Aumento de la litigiosidad

La designación de 54 juzgados como especializados en la materia -uno por cada provincia y uno más para cada una de las islas de los archipiélagos canario y balear- fue aprobada por el Consejo General del Poder Judicial el pasado 1 de junio de 2017 ante el «previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo». Se pretendía, pues, implementar en todo el territorio una estructura de juzgados que pudieran dar respuesta al exponencial aumento de la litigiosidad entre consumidores y entidades financieras por la abusividad de numerosas cláusulas incorporadas de forma habitual en las escrituras de préstamo hipotecario. Especialmente, los juzgados debían hacer frente al conflicto desatado por la cláusula suelo, pero también en relación a otros elementos del clausulado objeto habitual de reprobación judicial como la cláusula de vencimiento anticipado, la multidivisa, los intereses de demora excesivos o los gastos de constitución de la hipoteca. Desde su entrada en funcionamiento, estos juzgados han dictado 40.839 sentencias, de las cuales el 97,3% -según datos del CGPJ- han sido favorables a los consumidores.

Colapso estructural

Transcurrido poco más de un año desde su creación, la estructura de juzgados especializados se ha demostrado, a pesar de la magnitud de la cifra de sentencias dictadas, manifiestamente insuficiente para dar respuesta a la conflictividad bancaria vinculada a prácticas abusivas y a la falta de transparencia por parte de las entidades financieras. En el momento de su creación, el CGPJ estimaba que el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona recibiría entre 400 y 900 demandas al año relacionadas con cláusulas abusivas, pero transcurrido tan sólo un mes y medio desde el inicio de la su actividad, el juzgado ya había recibido más de 2100 demandas. Una situación que no se solucionó con la asignación de un nuevo magistrado de refuerzo -inicialmente el juzgado tenía asignado dos que pasaron a ser tres- y que se ha repetido en el resto de juzgados especializados. Así, en todo el territorio catalán, la tasa de resolución de asuntos -el cociente entre los casos resueltos y los ingresados- desde la creación de los juzgados especializados se ha situado en tan sólo un 10,1%, el más bajo de entre todas las comunidades autónomas españolas y lejos de la media estatal, situada en un 20,1%.

«Todos sabíamos que esto sucedería -explica Oscar Serrano, abogado de Colectivo Ronda especialista en Derecho bancario- porque estamos hablando de una situación que es endémica en el sistema judicial español. La avalancha de demandas en el ámbito bancario no ha hecho sino llevar hasta el paroxismo los gravísimos problemas de retrasos y falta de recursos humanos y materiales en un país que tiene la ratio de jueces por habitantes más baja de toda la Unión Europea y que, además, se permitió prescindir de la mayoría de jueces sustitutos y magistrados suplentes que llegaron a representar el 20% de la planta judicial y dictar el 30% de todas las sentencias».

Para el abogado «Los grandes perjudicados de la situación que se vive en el Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona son, indiscutiblemente, los consumidores, que en ocasiones ya están soportando esperas de más de un año tan sólo para ver admitida a trámite la demanda y que ahora, con toda seguridad, tendrán que esperar al menos un año más para celebrar juicio y quién sabe cuánto tiempo para obtener una sentencia. Y hablamos de gente que en muchos casos está pasándolo mal por la obligación de hacer frente a pagos injustos o que incluso se encuentran en riesgo de poder perder su hogar. Es lamentable que un juzgado se vea obligado a adoptar medidas como ésta para reclamar algo tan esencial como los refuerzos que necesita para poder cumplir con su obligación. La infradotación de recursos es, directamente, un atentado contra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva».

«Y lo más grave -concluye Oscar Serrano- es que somos muchos los que consideramos que existe un interés en no dotar de recursos estos juzgados para demorar la resolución de los conflictos y dilatar en el tiempo el pago de las correspondientes indemnizaciones , así como la devolución de las cantidades indebidamente abonadas por parte de los usuarios. Se está impidiendo trabajar en condiciones aceptables unos juzgados que de forma abrumadora están fallando a favor de los consumidores».

El Juzgado especializado en cláusulas abusivas de la hipoteca de BCN deja de señalar nuevos juicios

.................................................

Los afectados por la presencia de cláusulas abusivas en las escrituras de sus préstamos hipotecarios de la provincia de Barcelona que vean aceptadas a trámite sus demandas no pueden saber en estos momentos cuando se celebrará su juicio, aunque pueden tener la certeza de que en ningún caso será antes de transcurrido al menos un año. El Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona, ​​uno de los 54 en todo el Estado especializados en resolver litigios relacionados con abusos bancarios en el ámbito hipotecario, ha dejado de señalar nuevas fechas de juicio siguiendo las instrucciones del magistrado titular del Juzgado, que indicó que no se asignarían nuevas en tanto no hubiera la posibilidad de hacerlo dentro del plazo de un año y mientras no «se afronten medidas de refuerzo para este juzgado», según se puede leer en el acuerdo gubernativo trasladado por el juez a los funcionarios asignados.

Aumento de la litigiosidad

La designación de 54 juzgados como especializados en la materia -uno por cada provincia y uno más para cada una de las islas de los archipiélagos canario y balear- fue aprobada por el Consejo General del Poder Judicial el pasado 1 de junio de 2017 ante el «previsible aumento de litigios sobre cláusulas abusivas en escrituras hipotecarias como consecuencia de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 21 de diciembre de 2016 en relación con las cláusulas suelo». Se pretendía, pues, implementar en todo el territorio una estructura de juzgados que pudieran dar respuesta al exponencial aumento de la litigiosidad entre consumidores y entidades financieras por la abusividad de numerosas cláusulas incorporadas de forma habitual en las escrituras de préstamo hipotecario. Especialmente, los juzgados debían hacer frente al conflicto desatado por la cláusula suelo, pero también en relación a otros elementos del clausulado objeto habitual de reprobación judicial como la cláusula de vencimiento anticipado, la multidivisa, los intereses de demora excesivos o los gastos de constitución de la hipoteca. Desde su entrada en funcionamiento, estos juzgados han dictado 40.839 sentencias, de las cuales el 97,3% -según datos del CGPJ- han sido favorables a los consumidores.

Colapso estructural

Transcurrido poco más de un año desde su creación, la estructura de juzgados especializados se ha demostrado, a pesar de la magnitud de la cifra de sentencias dictadas, manifiestamente insuficiente para dar respuesta a la conflictividad bancaria vinculada a prácticas abusivas y a la falta de transparencia por parte de las entidades financieras. En el momento de su creación, el CGPJ estimaba que el Juzgado de Primera Instancia nº 50 de Barcelona recibiría entre 400 y 900 demandas al año relacionadas con cláusulas abusivas, pero transcurrido tan sólo un mes y medio desde el inicio de la su actividad, el juzgado ya había recibido más de 2100 demandas. Una situación que no se solucionó con la asignación de un nuevo magistrado de refuerzo -inicialmente el juzgado tenía asignado dos que pasaron a ser tres- y que se ha repetido en el resto de juzgados especializados. Así, en todo el territorio catalán, la tasa de resolución de asuntos -el cociente entre los casos resueltos y los ingresados- desde la creación de los juzgados especializados se ha situado en tan sólo un 10,1%, el más bajo de entre todas las comunidades autónomas españolas y lejos de la media estatal, situada en un 20,1%.

«Todos sabíamos que esto sucedería -explica Oscar Serrano, abogado de Colectivo Ronda especialista en Derecho bancario- porque estamos hablando de una situación que es endémica en el sistema judicial español. La avalancha de demandas en el ámbito bancario no ha hecho sino llevar hasta el paroxismo los gravísimos problemas de retrasos y falta de recursos humanos y materiales en un país que tiene la ratio de jueces por habitantes más baja de toda la Unión Europea y que, además, se permitió prescindir de la mayoría de jueces sustitutos y magistrados suplentes que llegaron a representar el 20% de la planta judicial y dictar el 30% de todas las sentencias».

Para el abogado «Los grandes perjudicados de la situación que se vive en el Juzgado de Primera Instancia 50 de Barcelona son, indiscutiblemente, los consumidores, que en ocasiones ya están soportando esperas de más de un año tan sólo para ver admitida a trámite la demanda y que ahora, con toda seguridad, tendrán que esperar al menos un año más para celebrar juicio y quién sabe cuánto tiempo para obtener una sentencia. Y hablamos de gente que en muchos casos está pasándolo mal por la obligación de hacer frente a pagos injustos o que incluso se encuentran en riesgo de poder perder su hogar. Es lamentable que un juzgado se vea obligado a adoptar medidas como ésta para reclamar algo tan esencial como los refuerzos que necesita para poder cumplir con su obligación. La infradotación de recursos es, directamente, un atentado contra el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva».

«Y lo más grave -concluye Oscar Serrano- es que somos muchos los que consideramos que existe un interés en no dotar de recursos estos juzgados para demorar la resolución de los conflictos y dilatar en el tiempo el pago de las correspondientes indemnizaciones , así como la devolución de las cantidades indebidamente abonadas por parte de los usuarios. Se está impidiendo trabajar en condiciones aceptables unos juzgados que de forma abrumadora están fallando a favor de los consumidores».