Más autonomía y derechos para las personas con discapacidad

Las jornadas Derechos de las personas con discapacidad remarcan dotar de recursos a la nueva ley

De objetos de protección a sujetos de pleno derecho. Éste es el cambio de paradigma que propone la Ley 8/2021 llamada de reforma de la legislación civil y procesal para el apoyo de las personas con discapacidad. Pero una ley no lo resuelve todo si no se provee de los mecanismos y recursos necesarios que permitan su despliegue para evitar situaciones de vulneración. Así se recalcó en las Jornadas Derechos de las personas con discapacidad, celebradas el pasado 29 de octubre, organizadas desde Col·lectiu Ronda y con la colaboración de la Federación de Salud Mental de Cataluña y que contaron con la participación de ponentes del ámbito judicial, notarial y académico, que también subrayaron las posibilidades que abre la nueva regulación, que dota de mayor autonomía y derechos a las personas con discapacidad.

La nueva ley, que entró en vigor el pasado 3 de septiembre, pretende favorecer la protección de las personas con discapacidades para el ejercicio autónomo de su capacidad, estableciendo medidas de apoyo en los casos necesarios, pero sobre todo ofreciéndoles la posibilidad de tener voz y ser escuchadas en el proceso de identificación de sus necesidades, respetando su voluntad, adaptando así el nuevo marco legislativo estatal al espíritu de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en Nueva York en 2006 y ratificada por España dos años más tarde.
Durante las Jornadas se recalcó la importancia del proceso de desjudicialización que supone el cambio de paradigma, desterrando las declaraciones de incapacitación que hasta ahora se hacían y que sometían a las personas afectadas a procedimientos de modificación de la capacidad de obrar. La nueva ley elimina estas modificaciones de la capacidad, las tutelas y las potestades parentales rehabilitadas, pero mantiene la figura del curador (al menos en el Código Civil español, ya que el Código Civil catalán ya lo ha eliminado, teniendo la figura del asistente ), si bien con particularidades distintas a las existentes hasta ahora. La persona con discapacidad puede participar de forma activa en la petición del establecimiento de las figuras de apoyo, que pueden tener funciones asistenciales o representativas. En este sentido, se recordó que la nueva ley insta a la revisión de las medidas de apoyo establecidas en las sentencias dictadas con anterioridad a su entrada en vigor, obligando a hacerlo en los tres años siguientes.
Las jornadas pusieron el foco, pues, en la necesidad de ver la discapacidad desde la capacidad, creando los ajustes necesarios para permitir soluciones adecuadas y adaptadas para cada caso, empezando por entender a la persona y facilitándole la posibilidad de dar la discapacidad opinión y valorando las asistencias reales en el ejercicio de la capacidad, el alcance de las intervenciones judiciales, la responsabilidad de los propios apoyos y los mecanismos notariales a disposición (declaraciones de voluntad anticipada, poderes preventivos o la realización de una planificación sucesoria mediante cláusulas testamentarias o constitución de patrimonio protegido).

Des la Federació de Salut Mental de Catalunya es va remarcar la necessària col·laboració entre sistema judicial, notarial, entitats del tercer sector i famílies per ajudar a tenir una visió més transversal i comunitària en totes les etapes de la salut mental, per continuar lluitant contra l’estigma que envolta les persones que pateixen algun trastorn i evitar els casos de discriminació o d’ingressos involuntaris .

Las jornadas contaron con la voz de cinco expertos en la materia; Silvia Ventura Mas, exMagistrada del Juzgado de 1ª Instancia n. 40 de Barcelona; Remei Soriano, Fiscal Jefe de la Fiscalía de Área de Terrassa; Jesús Gomez Taboada, Notario ejerciente en Barcelona; Jordi Ribot Igualada, Catedrático de Derecho Civil y Carlos Villagrasa, profesor titular de Derecho Civil en la UB.
Puede ver el vídeo aquí también de las Jornadas Derechos de las personas con discapacidad:

Las jornadas Derechos de las personas con discapacidad remarcan dotar de recursos a la nueva ley

La nueva ley, que entró en vigor el pasado 3 de septiembre, pretende favorecer la protección de las personas con discapacidades para el ejercicio autónomo de su capacidad, estableciendo medidas de apoyo en los casos necesarios, pero sobre todo ofreciéndoles la posibilidad de tener voz y ser escuchadas en el proceso de identificación de sus necesidades, respetando su voluntad, adaptando así el nuevo marco legislativo estatal al espíritu de la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, aprobada en Nueva York en 2006 y ratificada por España dos años más tarde.
Durante las Jornadas se recalcó la importancia del proceso de desjudicialización que supone el cambio de paradigma, desterrando las declaraciones de incapacitación que hasta ahora se hacían y que sometían a las personas afectadas a procedimientos de modificación de la capacidad de obrar. La nueva ley elimina estas modificaciones de la capacidad, las tutelas y las potestades parentales rehabilitadas, pero mantiene la figura del curador (al menos en el Código Civil español, ya que el Código Civil catalán ya lo ha eliminado, teniendo la figura del asistente ), si bien con particularidades distintas a las existentes hasta ahora. La persona con discapacidad puede participar de forma activa en la petición del establecimiento de las figuras de apoyo, que pueden tener funciones asistenciales o representativas. En este sentido, se recordó que la nueva ley insta a la revisión de las medidas de apoyo establecidas en las sentencias dictadas con anterioridad a su entrada en vigor, obligando a hacerlo en los tres años siguientes.
Las jornadas pusieron el foco, pues, en la necesidad de ver la discapacidad desde la capacidad, creando los ajustes necesarios para permitir soluciones adecuadas y adaptadas para cada caso, empezando por entender a la persona y facilitándole la posibilidad de dar la discapacidad opinión y valorando las asistencias reales en el ejercicio de la capacidad, el alcance de las intervenciones judiciales, la responsabilidad de los propios apoyos y los mecanismos notariales a disposición (declaraciones de voluntad anticipada, poderes preventivos o la realización de una planificación sucesoria mediante cláusulas testamentarias o constitución de patrimonio protegido).

Des la Federació de Salut Mental de Catalunya es va remarcar la necessària col·laboració entre sistema judicial, notarial, entitats del tercer sector i famílies per ajudar a tenir una visió més transversal i comunitària en totes les etapes de la salut mental, per continuar lluitant contra l’estigma que envolta les persones que pateixen algun trastorn i evitar els casos de discriminació o d’ingressos involuntaris .

Las jornadas contaron con la voz de cinco expertos en la materia; Silvia Ventura Mas, exMagistrada del Juzgado de 1ª Instancia n. 40 de Barcelona; Remei Soriano, Fiscal Jefe de la Fiscalía de Área de Terrassa; Jesús Gomez Taboada, Notario ejerciente en Barcelona; Jordi Ribot Igualada, Catedrático de Derecho Civil y Carlos Villagrasa, profesor titular de Derecho Civil en la UB.
Puede ver el vídeo aquí también de las Jornadas Derechos de las personas con discapacidad: