Personas empleadas del hogar

Personas empleadas del hogar

Desde el pasado 1 de julio de 2012, las personas dedicadas profesionalmente al servicio doméstico y el trabajo del hogar deben estar inscritas en el Régimen General de la Seguridad Social. Esto supone, entre otras consideraciones, la obligación por parte de las personas empleadoras de formalizar contratos, realizar nóminas y cotizar por la trabajadora en función de la jornada que desarrolla.

El Colectivo Ronda pone a su disposición un servicio de asesoramiento integral que se puede hacer cargo de todo el proceso para ajustar su situación -y la de la trabajadora- al nuevo marco jurídico que regula el trabajo doméstico y las obligaciones legales de las personas empleadoras.

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